Tribunal Constitucional

El TC mantiene suspendido el Plan de Acción Exterior de la Generalitat

Su vigencia podría causar perjuicios irreparables a la política exterior de España, esgrime el Alto Tribunal

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El Gobierno catalán que preside Torra fue el que aprobó el Plan de Acción Exterior de la Generalitat, que sigue en suspensolarazonGOVERN

El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado por unanimidad mantener la suspensión del Acuerdo de 25 de junio de 2019 por el que se aprobaba el Plan estratégico de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea de la Generalitat de Cataluña. Dicho acuerdo fue suspendido por providencia de 30 de octubre de 2019, tras invocar el Presidente del Gobierno el art. 161.2 CE. El auto explica que ha de mantenerse la suspensión porque “la vigencia del plan impugnado podría ocasionar unos perjuicios a la política exterior española que, en el caso de que finalmente fuera declarado inconstitucional, serían de imposible reparación”.

Esos perjuicios consisten en que el plan menoscaba la posición y la imagen internacional de España, en cuanto que la ejecución del mencionado plan de carácter omnicomprensivo y los objetivos que persigue va en detrimento del interés general que se expresa en la acción exterior española. Además, el Tribunal considera que “el plan recurrido puede crear la apariencia de que Cataluña es un sujeto de derecho internacional, lo que determinaría que se establecieran aparentes relaciones internacionales difícilmente reversibles si finalmente se declarase que el plan impugnado es inconstitucional”.

No obstante, el auto apunta que el mantenimiento de la suspensión no perjudica el legítimo ejercicio de la acción exterior de la Generalitat de Cataluña, pues nada impide llevar a cabo actividades con proyección exterior directamente de sus competencias para promover sus intereses propios en el ámbito internacional, respetando siempre la competencia exclusiva del Estado en materia de relaciones internacionales. Por tanto, en este momento procesal se acuerda mantener la suspensión del plan de acción exterior de Cataluña, sin perjuicio de la valoración que merezca en su posterior análisis de fondo desde la perspectiva o no competencial.

Menoscaba competencias estatales

El Ejecutivo central acordó impugnar ante el tribunal de garantías constitucionales ese plan de acción exterior de la Generalitat al entender que menoscaba las competencias del Estado en política exterior vulnera el principio de lealtad constitucional en el ejercicio de las competencias propias.

Según explicó entonces la ministra portavoz, Isabel Celaá, la Generalitat se excede en sus competencias y menoscaba las del Estado, subrayando la importancia del “contexto” independentista en el que se ha aprobado el Estratégico de Acción Exterior. Celáa explicó que en ese plan se omite toda referencia al Estado como competente en relaciones internacionales y a la función de coordinación que realiza el Gobierno en este apartado.