Elecciones

Votos confinados

Una mujer se desinfecta las manos antes de votar en un colegio electoral de Requiás, Muiños (Ourense), este domingo con motivo de las elecciones autonómicas.
Una mujer se desinfecta las manos antes de votar en un colegio electoral de Requiás, Muiños (Ourense), este domingo con motivo de las elecciones autonómicas.Brais LorenzoAgencia EFE

Tras las elecciones autonómicas en Galicia y el País Vasco, parece llegado el momento de encontrar una solución al problema sobrevenido de ejercer el derecho constitucional al voto mientras dure la pandemia.

El legislador nacional o autonómico no había contemplado una situación como la actual en la que, por razones de salud pública, se limita el derecho fundamental de deambulación y, en consecuencia, se impide de facto ir al colegio electoral a votar.

Tiempo ha habido para que la JEC haya puesto la imaginación al servicio de hacer compatibles ambos derechos –a la salud y al voto– antes que dar como solución simplemente el no votar, o hacerlo cometiendo un delito contra la salud pública. Las elecciones ya fueron suspendidas en abril por la misma razón, y no es admisible que ahora, tres meses después, a algunos ciudadanos sobre todo vascos se les impida nuevamente ir a votar.

El «nuevo oxímoron» no puede hacer incompatible el derecho al voto con la salvaguarda del derecho a la vida. Y tampoco asimilar legalmente a los contagiados por Covid, a las personas sin derecho de sufragio por estar condenadas por sentencia judicial firme, a penas que conlleven esta inhabilitación como accesoria.

En la lucha contra la epidemia estamos como hace un siglo, con mascarillas, y en la forma de votar, también; aunque el voto telemático –por ejemplo– se usa desde hace tiempo.

Los rebrotes no pueden impedir el derecho de sufragio activo.