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Análisis: ¿Podría estar Urdangarín en tercer grado?
¿Cuándo fue condenado Iñaki Urdangarín y que pena se le impuso?
Fue condenado en primera instancia en febrero de 2017 por la Audiencia de Palma de Mallorca a la pena de seis años y tres meses por el «caso Nóos». Sin embargo, el Tribunal Supremo le rebajó la pena cinco años y 10 meses.
¿Cuándo ingresó en prisión?
El 18 de junio de 2018 ingresaba en la prisión de Brieva (Ávila), en el módulo de hombres. Es el único recluso del mismo. El juez de Vigilancia Penitenciaria de Valladolid ha reiterado la dureza del régimen de cumplimiento que se le ha impuesto, en absoluto aislamiento por razones de seguridad y no como trato de favor para satisfacer su voluntad.
¿Podría estar clasificado en tercer grado penitenciario?
Sí. Para esa clasificación no se exige el cumplimiento de una parte mínima de la condena, aunque lo habitual es exigir al menos una cuarta parte de la misma.
¿Se requiere el cumplimiento de la mitad de la pena?
En las penas superiores a cinco años de cárcel, el Tribunal sí puede imponer que se tenga que cumplir la mitad de la condena. Y, de forma específica, cuando se trate de delitos relacionados con bandas terroristas o abusos y agresiones sexuales a menores de 13 años , es obligatorio cumplir la mitad de la penas antes de poder acceder al tercer grado. Urdangarín no fue condenado por ninguno de ellos.
¿Qué requisitos mínimos se exige?
El haber satisfecho las responsabilidades civiles, algo que, en el caso de Urdangarín, cumplió con ello desde el principio.
¿Existe un único tercer grado ?
No. Hay un régimen «ordinario» del tercer grado, que es el que permite al interno ir a prisión sólo a pernoctar de lunes a jueves, pero también hay otro más restrictivo consistente en salidas de fines de semana.
¿Quién concede esa progresión de grado penitenciario?
En un primer momento debe proponerlo la Junta de Tratamiento de la cárcel. Posteriormente, corresponderá a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias ratificar o no la decisión –en caso de Cataluña, serían los Servicios Penitenciarios de la Generalitat–. Finalmente, la decisión corresponde al juez de Vigilancia competente.
¿Qué propuso el juez de Vigilancia de Valladolid respecto a Urdangarín?
EL 3 de septiembre, estimando el recurso del interno, avaló la concesión del tercer grado, tal como propuso por mayoría la Junta de Tratamiento de la prisión de Brieva. En su auto aludía a los factores positivos concurrentes recogidos en el Acuerdo de la Junta de Tratamiento, el magistrado añade el pago de la responsabilidad civil por parte del recurrente antes de su ingreso en prisión y, especialmente, la dureza del régimen de cumplimiento que se le ha impuesto en absoluto aislamiento.
¿Por qué entonces no disfruta del régimen de semilibertad?
Porque la Audiencia de Palma de Mallorca estimó el recurso de la Fiscalía y dejó sin efecto la decisión del juzgado de Vigilancia. Por tanto, si el Ministerio Público hubiese mantenido una postura similar a cuando se le concedió a Torres y no hubiese recurrido, la resolución del juez habría sido firma.