Análisis
Qué se juzga y qué no en el proceso contra Luis Bárcenas
La Fiscalía Anticorrupción instó ayer a los magistrados a «precisar» qué comportamientos supuestamente delictivos van a enjuiciarse
La delimitación de los hechos objeto de enjuiciamiento es la primera tarea que deberá abordar el tribunal tras el planteamiento de la cuestiones previas por parte de acusaciones y defensas. Desde el minuto uno, la Fiscalía Anticorrupción instó ayer a los magistrados a «precisar» qué comportamientos supuestamente delictivos van a enjuiciarse. En la mente de todos está el tirón de orejas del Supremo al tribunal de la Audiencia Nacional que juzgó la primera época de corrupción de la «trama Gürtel» por incluir en la sentencia innecesarias referencias a la «caja B» del PP, que dio por acreditada pese a que no era el objeto del juicio. Ahora, por tanto, se trata de delimitar con claridad qué hechos se juzgan. Pero no solo eso. Tanto la Fiscalía como el propio PP quieren que el tribunal ponga orden en el rosario de delitos –que incluyen incluso el de organización criminal por parte de la acusación que ejerce Izquierda Unida– que las acusaciones populares imputan a los acusados.
¿Cuál es la posición de la Fiscalía al respecto?
El fiscal de Anticorrupción Antonio Romeral esgrimió la «doctrina Botín» y defendió que las acusaciones populares no están legitimadas para acusar de un delito fiscal al PP (por el Impuesto de Sociedades de 2008) del que no acusan ni la propia Fiscalía ni la Abogacía del Estado, que actúa en el procedimiento en representación precisamente, de la Agencia Tributaria. De hecho, el representante del Ministerio Público aludió a cuatro informes de Hacienda que, entre septiembre de 2013 y abril de 2015 no apreciaron la existencia de delito fiscal por parte del PP, reiterando que las donaciones al partido estaban exentas de tributar en el Impuesto de Sociedades desde 2007. En esa misma línea, Anticorrupción tampoco cree que pueda acusarse a Unifica de delito fiscal por el Impuesto de Sociedades de 2008 al haber prescrito los hechos.
¿Se juzga también si las donaciones de los empresarios tenían la finalidad de conseguir adjudicaciones?
No. El supuesto carácter finalista de esas donaciones se está investigando en una pieza separada por el titular del Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, que indaga en las posibles contrapartidas que pudieron percibir los empresarios. En esta pieza ha ofrecido su colaboración Bárcenas, que en su último escrito a Anticorrupción sostiene que aunque la mayoría de las donaciones no se hacían a cambio de una contraprestación en forma de adjudicación pública, sí pueden existir algunos «concretos casos» en la investigación que continúa abierta.
¿Es objeto de enjuiciamiento la posible comisión de un delito electoral?
Aunque algunas acusaciones populares lo incluyen en su escrito de conclusiones provisionales, la Fiscalía se opone y el fiscal Romeral hizo hincapié ayer en su turno de cuestiones previas en que «la prueba que se propone» para intentar acreditar la existencia de este delito «puede resultar inútil al no estar enjuiciándose esos hechos».
¿Se juzga a Bárcenas por apropiación indebida por quedarse dinero de la «caja B»?
No. La Fiscalía hace hincapié en que el extesorero ya fue juzgado por estos hechos en el juicio a la «trama Gürtel», por lo que lo considera cosa juzgada y, en todo caso, defiende que los hechos han prescrito. Sin embargo, Bárcenas sí se enfrenta a una petición de tres años de cárcel (la más elevada de los tres delitos que le atribuye) como cooperador necesario de la supuesta apropiación indebida que habría cometido el ya fallecido Álvaro Lapuerta al comprar acciones de Libertad Digital con dinero de la «caja B» que no devolvió (con el conocimiento del extesorero).
¿Cuál es entonces el objeto principal del proceso?
La Fiscalía centra su acusación en la existencia de una contabilidad paralela en el PP, un dinero negro que se habría utilizado para pagar parte de las obras de reforma de la sede del PP en la calle Génova (664.000 euros en 2006 y otros 888.000 dos años después), y en las posibles consecuencias fiscales de esos pagos en B que se habrían ocultado a Hacienda. Sin embargo, las acusaciones populares sostienen que también debe esclarecerse el presunto pago de sobresueldos a ex altos cargos del partido, unos «complementos salariales» que, según el PP, se sitúan extramuros del objeto del procedimiento.
¿Por qué algunas defensas denuncian una acusación «sorpresiva» y «exorbitante»?
La defensa de Bárcenas se queja de que IU sostenga la existencia de una organización criminal en el seno del PP pero «no describe ni analiza quién forman esa organización». En esa misma línea, el PP considera «infamante» que considere al PP una organización criminal desde su fundación y que impute un delito de tráfico de influencias «sin citar a un solo funcionario o autoridad pública». También la defensa del exgerente del Partido Popular Cristóbal Páez ha recalcado que solo fue imputado por delitos fiscales y falsedad documental y, aunque después «no se le informó de un cambio relevante en el objeto de la investigación ni se practicó ninguna diligencia de prueba» al respecto, ahora le imputan delitos de organización criminal, asociación ilícita y blanqueo.
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