Análisis

Manual urgente de pandemia

Los dieciséis meses de crisis dejan algunas lecciones: la necesidad de leyes “ad hoc”, una mayor coordinación política y reducir la inseguridad jurídica

Justicia
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Ya lo advirtió Aaron Sorkin en un capítulo de El Ala Oeste de la Casa Blanca en 1994; también lo avisó Bill Gates en 2015 en una charla TED tan premonitoria como inquietante y fue, además, un tema recurrente en los informes de seguridad nacional de la mayoría de los países en los últimos años. La amenaza de una pandemia que pondría al mundo en jaque resultaba demasiado cinematográfica o apocalíptica para darle verdadero crédito. Pero sucedió. Año y medio después de conocer los primeros casos de un extraño virus en la ciudad china de Wuhan, que deja 188 millones de contagios, más de cuatro millones de fallecidos y con las consecuencias en forma de cambios más o menos radicales para la vida que todos conocemos, después de eso, sí somos conscientes de que el riesgo vírico estaba ahí y nos encontró demasiado desprevenidos. Ahora, sin haber superado aún esta crisis e inmersos en la quinta ola del coronavirus, las voces de los expertos que insisten en que puede volver a ocurrir son un aldabonazo de realidad y responsabilidad hacia el futuro: ¿se ha gestionado bien? ¿Qué se podría mejorar para reaccionar de forma más adecuada si volviera a suceder? Los últimos dieciséis meses dejan algunas lecciones sobre qué aspectos perfeccionar para que el armazón político y jurídico en España tenga capacidad para dar las respuestas adecuadas. Veamos.

Una legislación específica

La declaración de inconstitucionalidad del primer estado de alarma deja al descubierto la ausencia de una norma ad hoc para afrontar una pandemia de tal calado y tan prolongada en el tiempo. Las dudas jurídicas sobre la idoneidad del estado de alarma o el de excepción son consecuencia directa de que ninguno se adapta exactamente a lo que hemos vivido (el legislador del 81 no podría ni haber imaginado un escenario así). Pese a que el artículo 116 de la Constitución facilitó el instrumento legal para confinar con rapidez a una población tan asombrada como asustada en marzo de 2020, lo cierto es que esa solución de emergencia acabó convirtiéndose en la única aplicable. Dos meses después de aquello, el Gobierno de Pedro Sánchez se comprometió con Ciudadanos, a través de la entonces vicepresidenta Carmen Calvo, a reformar «de manera urgente» la legislación sanitaria. Aquella promesa se desvaneció casi con tanta rapidez como se puso negro sobre blanco en el acuerdo. A lo largo de este año y medio, el PP ha propuesto en numerosas ocasiones crear ese marco legal específico y, esta misma semana, Pablo Casado ha insistido en que «hace falta un espacio normativo a través de una ley orgánica que permita limitar la movilidad y tomar medidas para frenar los contagios cuanto antes». De esas normas para pandemias, a día de hoy, ni rastro.

Devolver al Congreso su papel

Sin la existencia de ese cuerpo legal concreto, el decreto ley se ha impuesto como el instrumento que ha ido resolviendo las necesidades a medida que se iban produciendo. Aunque es ágil y está previsto para situaciones urgentes, el abuso de este recurso por parte del Ejecutivo se ha convertido en una vía que, de facto, esquiva el debate parlamentario y las voces discordantes: la mayoría de los textos legales se han aprobado por los socios de gobierno sin tocar una coma de lo que salía de la Moncloa. Pese a los debates del primer estado de alarma que se producían cada quince días, lo cierto es que la Cámara Baja ha tenido un papel secundario en la crisis del coronavirus. No solo en su aspecto legislativo sino también en su labor de control al ejecutivo. Basta recordar que en el segundo estado de alarma se pactó que las comparecencias del presidente del Gobierno se redujeran a una cada dos meses (en un periodo total de seis).

Mejorar la cogobernanza

Tras el verano pasado, el mando único de la Moncloa fue sustituido, por voluntad presidencial, por un nuevo modelo de gestión que compartiría iniciativas y responsabilidades con las comunidades autónomas. La cogobernanza, como se la llamó, agilizaría las decisiones para acercarlas a las distintas situaciones de los territorios, pero los presidentes autonómicos denuncian que no ha sido así. No existen ni leyes ni criterios comunes que aplicar y, además, han insistido desde el principio en que no cuentan con los instrumentos jurídicos para adoptar las medidas necesarias.

Menos recurso a los tribunales

De esta manera, el peso de las decisiones (confinamientos, cierres perimetrales o toques de queda) han quedado en manos de los tribunales superiores de justicia, que se han convertido en los árbitros que tenían que decidir la idoneidad o no de las medidas de los gobiernos regionales. Más allá de la ralentización que esto conlleva, la consecuencia es que lo que era válido en un territorio no lo era en otro, añadiendo caos a una situación ya compleja y generando más inseguridad jurídica.

Todas estas cuestiones se han encadenado unas con otras e inciden en la necesidad de abrir un debate político y jurídico sosegado sobre la manera de mejorar la estructura organizativa frente a pandemias o circunstancias tan extremas y excepcionales. Aunque, quizá, sea demasiado pedir si tenemos en cuenta que, en agosto de 2020, científicos españoles solicitaron una auditoría externa sobre la gestión de la covid en España en un artículo en The Lancet para estar preparados ante futuras emergencias sanitarias. Y seguimos esperando.