El desafío independentista
El CGPJ deniega la vuelta a la carrera judicial del independentista Santiago Vidal
Podrá solicitarlo de nuevo cuando se constate que respeta y cumple la Constitución que juró
El Consejo General del Poder Judicial ha denegado la vuelta a la carrera judicial del independentista Santiago Vidal, considerado uno de los artífices de la constitución para una hipotética república catalana.
El Consejo General del Poder Judicial ha denegado la vuelta a la carrera judicial del independentista Santiago Vidal, considerado uno de los artífices de la constitución para una hipotética república catalana.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha denegado el reingreso “al constatarse su falta de aptitud como consecuencia de sus manifestaciones e intervenciones públicas efectuadas durante el periodo de suspensión de funciones”, que revelan su “falta de lealtad a las instituciones del Estado y a la Constitución”.
Vidal, que hoy cumplía la sanción de tres años de suspensión de funciones que el Pleno del órgano de gobierno de los jueces le impuso como responsable de una falta muy grave de ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales, solicitó el pasado 24 de enero el reingreso al servicio activo, para lo que debía obtener la previa declaración de aptitud por parte del Consejo General del Poder Judicial, tal y como establecen la Ley Orgánica del Poder Judicial (artículo 367.1) y el Reglamento 2/2011, de la Carrera Judicial (artículo 197.2).
La Permanente recuerda que la sanción que se impuso a Vidal acarreó la privación de todos los derechos inherentes a su condición de juez o magistrado, pero no supuso la pérdida de su condición de miembro de la Carrera Judicial, de modo que la suspensión “no le disculpa de susobligaciones básicas, cual es primera de ellas la de lealtad constitucional, al punto de que la Ley no establece que el suspenso deba renovar su juramento o promesa de guardar y hacer guardar la Constitución, al reputar que se mantiene válido y exigible el anteriormente efectuado”.
Y ese juramento ha sido “repetidamente incumplido” por el magistrado durante los últimos tres años, afirma la Comisión Permanente, que señala que “no se trata de hacer pesar repetidamente sobre el magistrado las consecuencias punitivas de las faltas por las que ya ha sido sancionado”, sino evidenciar “la inexistencia de presente de su capacidad para juzgar y hacer ejecutar lo juzgado” a la vista de las manifestaciones e intervenciones públicas efectuadas en ese tiempo.
La Comisión Permanente concluye que “la actuación pública del magistrado Santiago Vidal durante el tiempo de cumplimiento de la suspensión implica una evidente perturbación a la reputación e imagen con la que el Poder Judicial debe aparecer para el cumplimiento de sus altas funciones en un Estado democrático social y de derecho y la constatación de su falta de lealtad a las instituciones del Estado y a la Constitución, que no tan solo decide públicamente no acatar, sino también hacer proselitismo de su desobediencia, incluso haciendo gala de su condición de juez, que por supuesto mantenía incluso en la situación administrativa de suspensión”.
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