IRPF

Cambio histórico en la declaración de la renta: Hacienda obligará a tributar a pensionistas y parados que cobren el SMI

El Ministerio de Hacienda obligará a este colectivo a presentar la declaración de la renta de cara a la primavera del año que viene

La vicepresidenta primera y Ministra de Hacienda, María Jesús Montero, interviene durante un pleno en el Senado, a 17 de junio de 2025, en Madrid (España).
La vicepresidenta primera y Ministra de Hacienda, María Jesús Montero, interviene durante un pleno en el Senado, a 17 de junio de 2025, en Madrid (España).Ricardo RubioEuropa Press

La declaración de la renta es un trámite opcional para muchos de los contribuyentes de este país. Sin embargo, las restricciones no paran de aumentar, por lo que cada vez son más los ciudadanos que estarán obligados a presentar este trámite.

La novedad de cara a la próxima campaña es que, por primera vez, pensionistas y parados que cobren el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) estarán obligados a tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Se trata de una variación respecto a otros años, donde este colectivo estaba protegido. Esto supondrá una nueva carga económica para quienes estaban exentos hasta el momento de realizar la declaración de la renta.

Hacienda obligará a parados y pensionistas a presentar la Renta de 2025

El Ministerio de Hacienda dirigido por María Jesús Montero obligará a partir del año que viene a que parados y pensionistas presenten la declaración de la renta, siempre y cuando cobren cuantías iguales al SMI.

Así queda reflejado en una de las enmiendas del Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. La medida ha quedado impulsada por PSOE y Sumar, y a partir de su aplicación, solo se verán beneficiados los contribuyentes con rendimientos obtenidos “de la prestación efectiva de servicios correspondientes a una relación laboral o estatutaria".

De esta manera, quedarán excluidos los pensionistas, los parados y otros perceptores de rentas asistenciales, pese a que sus ingresos sean equivalentes al SMI.

Una modificación que ya se intentó este año

Y es que este mismo año, el Ministerio de Hacienda ya tenía pensado que estos colectivos tributaran. Sin embargo, la presión ejercida desde Trabajo provocó el cambio de opinión de María Jesús Montero, que acabó eximiéndoles.

No obstante, de cara al año que viene esta exención desaparecerá. A diferencia de lo que se hizo en 2024 con el SMI, la fórmula elegida obliga a estos contribuyentes a presentar declaración en la Campaña de la Renta en la primavera del año que viene para recuperar lo que se les va a retener en este ejercicio. Es decir, además de la obligación formal que adquieren, los ciudadanos que cobran el Salario Mínimo van a financiar al Estado en 2025 con sus retenciones.

Según queda reflejado en el texto definitivo, la deducción automática solo se aplicará a quienes reciban rendimientos derivados de la “prestación efectiva de servicios en una relación laboral”, excluyendo de esta manera a pensionistas y desempleados.

Consecuecias de esta nueva medida

De confirmarse esta medida, las consecuencias que existen para el colectivo son grandes. Por un lado, tanto pensionistas como parados que hasta ahora permanecían al margen de la declaración de la renta, ahora tendrán que presentar el trámite de manera anual. Esto implica no solo la presentación de la documentación, sino también la liquidación de las cantidades retenidas durante el ejercicio fiscal.

Por otro lado, la aplicación de retenciones mensuales sobre los ingresos implica que estos contribuyentes adelanten una parte del impuesto a lo largo de 2025. Posteriormente, podrán regularizar su situación fiscal al presentar la declaración y, si es el caso, obtener la devolución correspondiente.

En este sentido, este sistema de anticipos puede representar un gran esfuerzo económico para quienes perciben rentas mínimas.

Otra de las medidas incluidas en el proyecto de ley

La Agencia Tributaria ha informado en su página web que los mutualistas podrán pedir la devolución del IRPF más allá de este 30 de junio, día en el que se prevé que finalice la campaña de la Renta de 2024.

Esta modificación para este colectivo se produce tras el retraso en la aprobación de la nueva Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, donde se incluye una enmienda que permite a los mutualistas recibir la devolución del IRPF correspondiente en un único pago.

Al no entrar en vigor, Hacienda ha ampliado el plazo para estos ciudadanos. Se espera que para el mes de julio la nueva ley quede finalmente aprobada.