Tribunal Constitucional
El Constitucional suspende provisionalmente la Ley de Ciberseguridad catalana
Se adopta de manera provisional por cinco meses prorrogables
El Gobierno considera que la citada norma excede las competencias autonómicas e invade las estatales tanto en materia de seguridad pública como en el ámbito de las comunicaciones, las telecomunicaciones y la radio-comunicación.
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso del Gobierno contra la Ley de Ciberseguridad catalana, basado en que excede las competencias autonómicas, y ha dejado en suspenso la norma provisionalmente, en tanto no resuelve sobre el asunto.
El Gobierno considera que la citada norma excede las competencias autonómicas e invade las estatales tanto en materia de seguridad pública como en el ámbito de las comunicaciones, las telecomunicaciones y la radio-comunicación.
La suspensión de la norma viene determinada por la Constitución, que prevé que así suceda cuando lo pida el Ejecutivo en su recurso y éste sea admitido a trámite. Se adopta de manera provisional por cinco meses prorrogables y siempre en función de cuándo se resuelva sobre el fondo del asunto.
El Tribunal deja en suspenso también la tramitación de este recurso, como ya ha hecho con otros anteriormente, porque dado que el Ejecutivo es, ahora, por aplicación del artículo 155, también el ocupante de la Generalitat, entiende que no puede ser, por así decir, juez y parte.
De este modo, paraliza la tramitación del asunto por ahora y "con el fin de evitar un conflicto en la defensa de los intereses del Estado y de la Comunidad Autónoma de Cataluña".
La tramitación quedará así suspendida durante el tiempo en que, en virtud de las medidas aprobadas el pasado 27 de octubre, el Consejo de Ministros ejerza las funciones y competencias que corresponden al Gobierno de la Comunidad Autónoma.
La admisión a trámite y la suspensión cautelar no suponen anticipo alguno del pronunciamiento sobre el fondo del recurso, que el Tribunal resolverá en próximas fechas.
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