Caso Imelsa
El juez pregunta al Senado por el aforamiento de Rita Barberá
El juez de instrucción número 18 de Valencia ha dirigido un escrito al Senado en el que pide que acredite la condición de senadora de Rita Barberá para determinar si es competente para investigarla. La Cámara Alta lo ha remitido al Supremo.
El juez de Instrucción número18 envió la semana pasada una diligencia de ordenación al Senado en la que preguntaba por la condición de senadora de la ex alcaldesa de Valencia Rita Barberá. Al mismo tiempo, también remitió lo propio a las Corts Valencianes para preguntar por la condición de aforado del ex concejal Miquel Domínguez, hoy diputado autonómico.
Tanto su señoría como el fiscal coinciden en el criterio de que ambos deben ser investigados en la causa del presunto blanqueo de capitales en el grupo municipal del PP en el Ayuntamiento de Valencia.
Por ello, cuando el Senado y el Parlamento valenciano acrediten que ambos están aforados respectivamente en las citadas cámaras, el juzgado remitirá al Tribunal Supremo (por el caso de la senadora Barberá) y al Tribunal Superior de Justicia (por el caso del diputado Domínguez) las exposiciones razonadas para que los «altos» tribunales asuman las investigaciones.
Con toda seguridad, como ya adelantó LA RAZÓN, los dos tribunales adoptarán la conocida como «doctrina Griñán», empleada en la investigación del «caso de los ERE» andaluces, y sólo acudirán a estas sedes los aforados, por lo que los mismos hechos se juzgarán en tres instancias distintas, con el elevado riesgo de que se emitan sentencias contradictorias.
En el caso del Supremo, éste puede realizar investigaciones previas (como en el caso de Chaves y Griñán), para luego decidir si hay objeto suficiente para investigar a Barberá. O directamente, si aprecia indicios convincentes en la exposición razonada remitida por Instrucción nº 18, puede enviar el suplicatorio al Senado para «pedir permiso» para investigar a una aforada, y el éste debe emitir un dictamen al respecto. El caso en el Tribunal Superior valenciano es más ágil ya que no cabe suplicatorio, simplemente se incoan diligencias de investigación.
Por su parte, el vicepresidente del Senado, Pedro Sanz, señaló que «no corresponde al Senado contestar al juzgado», y explicó que debe ser el Supremo el que comunique al órgano judicial inferior si la ex alcaldesa valenciana ostenta o no la condición de senadora. La Mesa del Senado acordó ayer trasladar al Tribunal Supremo (TS) la solicitud de certificación acreditativa de la condición de senadora de Rita Barberá. Sanz precisó que la petición debería haberse dirigido directamente al alto tribunal, en lugar de al presidente del Senado, Pío García-Escudero.
La ex alcaldesa y actual senadora del PP hizo público un comunicado el pasado 2 de febrero en el que afirmaba que «ningún contrato del Ayuntamiento de Valencia se ha amañado, ni ha habido ninguna mordida».
Por otra parte, el Juzgado de Instrucción número 13 de Valencia desestimó ayer las medidas cautelares solicitadas por el ex president de la Generalitat Francisco Camps para prohibir la publicación de informaciones que le vinculen con las diligencias del «caso Imelsa» que se siguen en Instrucción nº 18. Camps interpuso una denuncia en el juzgado de guardia por un delito de revelación de secretos.
✕
Accede a tu cuenta para comentar