Doctrina Parot
El juez que estimó que el Estado debía pagar a Otegi pero no quiso juzgar a Vera
Luis López Guerra aterrizó en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en febrero de 2008, tras haber ocupado la Secretaría de Estado de Justicia de la mano del socialista José Luis Rodírguez Zapatero (2004-2007). Su trabajo en Estrasburgo se vio salpicado por la polémica el año pasado, cuando una sala del tribunal compuesta por él –en su condición de juez del Estado demandado– y otros seis jueces condenó por unanimidad la aplicación de la «doctrina Parot». Entonces se le reprochó que no aprovechase que sus «colegas» del TEDH suelen tener muy en cuenta los argumentos del juez del país demandado para defender la medida penitenciaria. Ahora forma parte de la Gran Sala, que, previsiblemente, mañana anunciará que tumba esta doctrina, consistente en aplicar los beneficios penitenciarios al total de la pena y no al máximo legal de estancia en prisión. Aunque su nombre quedará para siempre ligado a esta decisión, hay otros dos casos del tribunal que dan muestra del carácter de López Guerra: el «Asunto Otegi Mondragón contra España» y el «Asunto Vera Fernández-Huidobro contra España».
En el primero, el ex portavoz de Batasuna Arnaldo Otegi demandó a España al considerar que el hecho de que el Tribunal Supremo lo hubiese condenado a un año de prisión por un delito de injurias graves al Rey, al que llamó «el responsable de los torturadores», constituía un ataque indebido a su derecho a la libertad de expresión. En marzo de 2011, la sala encargada del asunto –con López Guerra entre sus integrantes– entendió por unanimidad que se había producido una violación del artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que recoge dicho derecho, y condenó al Estado a pagar 20.000 euros a Otegi por el daño moral. España recurrió la resolución, pero la Gran Sala rechazó el recurso interpuesto por el Gobierno y la sentencia devino firme en septiembre de ese año.
En el segundo caso, en cambio, López Guerra no quiso participar en las deliberaciones y fue sustituido por el juez ad hoc Alejandro Sáiz Arnáiz. El juez renunció a juzgar la demanda presentada por el ex secretario de Estado de Seguridad Rafal Vera contra su condena por el secuestro de Segundo Marey porque, cuando era vicepresidente del CGPJ, pidió el indulto para él. La sala dictaminó que, a pesar de que el instructor del caso, el ex juez Baltasar Garzón, no fue imparcial, España no violó el Convenio Europeo de Derechos Humanos en el caso. La decisión fue adoptada por cuatro votos a tres. Arnáiz fue partidario de no estimar la demanda de Vera, pero ¿qué habría hecho López Guerra?
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