El desafío independentista
El relato del TS del 20-S: la movilización ciudadana impidió la "plena normalidad"de los registros
Destaca el "estrecho contacto"de Sanchez y Cuixart con "los dirigente políticos nacionalistas"durante el asedio a la Consejería de Economía
La Sala considera que el asedio a la Consejería de Economía el 20 de septiembre de 2017 no fue un mero ejercicio del derecho de reunión y manifestación, como defendían los acusados, sino el empeño del independentismo de trasladar a la ciudadanía que los jueces habían perdido su capacidad de hacer cumplir la ley en Cataluña. En el relato de hechos de la sentencia, los magistrados sostienen que los líderes de la ANC y Òmnium Cultural, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, "los Jordis", "con indiscutida capacidad de liderazgo y estrecho contacto con los dirigentes políticos nacionalistas, convocaron a la población a que compareciera ante la sede de la Consejería de Vicepresidencia, Economía y Hacienda de la Generalitat de Cataluña", donde se iban a practicvar los registros.
La Guardia Civil, por orden del Juzgado de Instrucción número 13 de la ciudad condal, había practicado una serie de detenciones, iniciando la ejecución de la decisión judicial de registrar las instalaciones de la Consejería. "Las convocatorias no solo publicitaron que se estaba produciendo una actuación de la Guardia Civil tendente a impedir el referéndum, sino que divulgaban el lugar donde se efectuaba el registro judicial, emplazaban a la ciudadanía a defender las instituciones catalanas, exigían que la Guardia Civil pusiera en libertad a las personas que habían sido detenidas y pedían a los catalanes que se movilizaran. Se les animaba diciendo que no podrían con todos ellos, que las fuerzas del orden se habían equivocado y que habían declarado la guerra a los que querían votar".
"Bajo la sola protección del reducido número de Mossos d'Esquadra que diariamente se encarga de la vigilancia ordinaria en el acceso del edificio, quienes no recibieron refuerzo alguno durante el día, salvo la llegada de unos agentes de mediación, los acontecimientos se desarrollaron con la presencia de una cifra próxima a los 40.000 manifestantes, que se agolpaban en un ambiente en el que coexistían los gritos reivindicativos, contrarios a la presencia de la comisión judicial, y los actos lúdicos, algunos espontáneos, otros, promovidos por los organizadores", continúa el relato de hechos probados.
El tribunal constata que "no se estableció el perímetro de seguridad que la comisión judicial reclamó", de manera que para pasar entre los miles de manifestantes congregados "no había otro acceso que un estrecho pasillo humano que únicamente permitía el paso en fila individual, y que no era un cordón controlado policialmente sino formado por los propios voluntarios de la entidad convocante -ANC-, que llevaban chalecos identificativos de pertenecer a esa organización".
El veredicto de la Sala sobre el asedio a la Consejería es claro: "La movilización impidió que la Guardia Civil pudiera introducir en el edificio a los detenidos, quienes debían estar presentes en el registro, conforme disponen las leyes procesales. También impidió que pudiera ser atendida la orden judicial con plena normalidad". Asimismo, recuerda que los vehículos de la Guardia Civil -tres Nissan Patrol y cuatro coches camuflados- "terminaron con importantes destrozos".
Solo a media noche, recalca el tribunal, "se consiguió preparar una salida"para que la letrada que encabezaba la comitiva judicial pudiera abandonar el lugar con seguridad, "infiltrándola"entre los espectadores que abandonaban el teatro contiguo, "al que hubo que acceder desde la azotea de los edificios". El resto de los agentes, concluye, "pudo salir cuando la manifestación ya se hubo disuelto, haciéndolo concretamente en dos turnos, uno a las cuatro de la madrugada del día 21 de septiembre, y el otro a las siete de esa misma fecha".
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