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El Supremo abre juicio oral contra Junqueras y otros 17 líderes del «procés»
Las defensas pretendían dilatar el proceso con la práctica de más de 300 diligencias previas al juicio
El Supremo concluye el sumario del «procés», manda al banquillo a Junqueras y otros 17 procesados y da 5 días a las acusaciones para presentar sus conclusiones. Las defensas pretendían dilatar el proceso con la práctica de más de 300 diligencias previas al juicio.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la conclusión del sumario abierto a raíz de la querella presentada por la Fiscalía por la declaración unilateral de independencia de Cataluña y todo lo relacionado con el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2016. De esa manera abre juicio oral contra todos aquellos a los que procesó el instructor de la causa, Pablo Llanera, un total de 18 acusados -además de otros siete que se encuentran en rebeldía, entre ellos Carles Puigdemont, y respecto a los cuales se han abierto piezas separadas para que puedan ser juzgados en el momento en que estén a disposición de la Justicia española-. Entre los que se sentarán en el banquillo figuran el ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell y los ex consejeros Raül Romeva, Jordi Turull, Joaquim Forn, Josep Rull y Dolors Bassa, además de los ex líderes de la Asociación Nacional Catalana y de Ómnium Cultura, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, respectivamente. A 13 de esos 18 acusados, el juez Llanera les procesó por el delito de rebelíon. Junto a ello, el Supremo rechaza devolver la causa al Juez Llarena y remite la práctica de las pruebas solicitadas al juicio oral y,a la vez, acuerda el sobreseimiento libre de la causa para Artur Mas, Neus Lloveras y Marta Pascal, respecto a los que el instructor no llegó a procesar. La Fiscalía, Abogacía del Estado y la acción popular, ejercida por VOX, disponen ahora de un plazo de 5 días para presentar sus escritos de acusaciones. Posteriormente se dará traslado a las defensas y sólo quedará entonces, una vez que éstas presenten sus escritos, que se fije fecha para el inicio del juicio oral.
Las defensas habían solicitado que se practicaran más de 300 diligencias antes de concluir el sumario, lo que es rechazado por la Sala, quien les remite al juicio oral para, si persisten en su práctica, se puedan llevar a cabo en esa fase del proceso. De haberlo aceptado, el juicio hubiese sufrido un retraso de no pocos meses. “La admisión de su pertinencia conduciría, sin duda alguna, a un inadmisible menoscabo del derecho de los inculpados a un proceso sin dilaciones indebidas (art. 24.2 CE). La reapertura del sumario para la práctica de varios centenares de diligencias frustraría toda expectativa de enjuiciamiento en un plazo razonable”, destaca la Sala al respecto.
En este sentido, la Sala recuerda que “El debate actual no es un debate sobre la culpabilidad de los investigados, sino sobre la relevancia típica de los hechos que han motivado el procesamiento. La suficiencia de los indicios sobre los que se construye la inculpación ha sido ya objeto de fiscalización por la Sala de Recursos”.
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