Sevilla
El TSJA concluye que UGT de Andalucía contabilizó subvenciones irregularmente
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha tumbado el Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) que inició la UGT-A a finales de 2012 y que afecta a 57 empleados. El sindicato está obligado a la «inmediata reanudación» de los puestos de trabajo y a pagar los «salarios dejados de percibir por los trabajadores afectados». Cabe recurso ante el Supremo.
La opacidad y la intención del sindicato de enmascarar sus cuentas son los argumentos principales en los que se basa el Alto Tribunal para declarar la nulidad de la medida, que fue recurrida por los trabajadores afectados.
La sentencia, consultada por LA RAZÓN, supone un duro correctivo a UGT-A. La Sala de lo Social del TSJA de Sevilla entiende que el sindicato, con «la falta de entrega, al inicio y durante el periodo de consultas» y de documentación requerida, ha incurrido en una «vulneración de la buena fe negocial», que se pone de manifiesto, además, en que «al final del periodo de consultas la medida adoptada resultó incluso más gravosa de lo que se había previsto inicialmente». Lejos de bajar el número de trabajadores afectados –«la finalidad del periodo de consultas es intentar minorar sus efectos»–, lo que hizo UGT fue aumentarlo de 46 a 57.
UGT «omitió, desde el inicio, la entrega del Plan de Viabilidad». Tampoco aportó «con la memoria inicial el presupuesto de 2012 con programas, que arrojaba un saldo positivo de 22.624 euros».
El sindicato, sin embargo, alegó documentación para tratar de acreditar que el estado maltrecho de sus finanzas le obligaba a implementar este ERTE, así como otras medidas traumáticas. UGT-A presentó un ERE que afectaba a 159 trabajadores, la mayoría de los cuales –130– se quedaron en la calle con el mínimo de la reforma laboral: 20 días y un máximo de 12 mensualidades. En este sentido, esgrimió que tenía casi 50 millones pendientes de pago de las administraciones públicas. Y que, en 2012, preveía unas pérdidas de 3.984.720 euros. Sin embargo, el TSJA ve «falta de información y opacidad de las cuentas aportadas por el sindicato que, en lo que se refiere a 2012, se ha basado en un presupuesto en el que las subvenciones están contabilizadas de forma irregular». Es precisamente este aspecto lo que impide a la Sala dirimir «cuál era la situación económica real de UGT-A».
«La Sala concluye que no se ha facilitado la documentación precisa a la Sección Sindical (y a la Autoridad Laboral) para poder apreciar la concurrencia de la causa económica de carácter adoptada». UGT-A tampoco entregó al inicio del periodo de consultas los «criterios de valoración individualizados» y «la determinación del distinto grado de afectación». La reducción de jornada se movió en una horquilla entre el 20 y el 70 por ciento. El quebranto de la buena fe en el proceso negociador es aún más grave en este caso, entiende el TSJA, siendo la «empresa empleadora que acuerda la medida (...) un sindicato». «Tiene, más que cualquier otra empleadora, por su finalidad de protección de los derechos de los trabajadores, un plus de exigencia de cumplimiento de la legalidad».
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