Transparencia

Fondos europeos: el Gobierno no sabe qué intereses generan

Economía asegura que van a la cuenta única del Tesoro «fundiéndose» con el resto de depósitos y que los ingresos «no están afectos» a los gastos

Calviño defiende que España "puede ser uno de los motores de Europa en la economía digital"
Calviño defiende que España "puede ser uno de los motores de Europa en la economía digital"Europa Press

El Gobierno ingresa los fondos europeos en una cuenta única abierta en el Banco de España, donde acaban «fundiéndose» con el resto de los recursos del Estado; estos ingresos «no están afectos» a los gastos –rompiendo así el principio de correlación contable– y se desconoce «cuántos son los intereses que ha cobrado el Estado» mientras el dinero permanece a la espera de un destino concreto. Así consta en una resolución del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través del Consejo de Transparencia a la que ha tenido acceso LA RAZÓN.

La consulta llegó el pasado 6 de marzo al ministerio del que es responsable Nadia Calviño, al amparo de la ley de Transparencia, con una serie de cuestiones que remitía un ciudadano particular acerca del funcionamiento de las ayudas procedentes de la Unión Europea en el marco Next Generation (37.036 millones de euros hasta la fecha):

–¿En qué banco o bancos se depositan?

–¿Qué tipo de interés retributivo abona dicho banco o bancos por el dinero depositado hasta que se transfiere a sus destinatarios finales?

–¿Cuántos intereses ha cobrado el Estado por dichos depósitos desde la creación de estos fondos?

–¿Cuál es el saldo medio diario que acumulan las cuentas bancarias del Estado donde se depositan?

–¿Qué comisiones han cobrado en total el banco o bancos depositarios?

–¿En base a qué concurso público han sido seleccionados el banco o bancos agraciados con estos depósitos y cuáles son sus condiciones?

–¿Cuál es la autoridad administrativa del Estado que supervisa directamente estas cuentas y que ejecuta las salidas de dinero?

La respuesta del Ejecutivo aclara en primer lugar que, «dentro de los fondos Next Generation se encuentran los Fondos REACT-EU y el Fondo para la Recuperación y la Resiliencia». Los primeros «tienen el mismo funcionamiento que los fondos de cohesión (FEDER, Fondo Social Europeo, etc)» y «salvo por un pequeño importe que puede ser anticipado al arranque del programa, el grueso de los fondos no es desembolsado por parte de la Comisión Europea hasta que los estados no miembros no declaran la ejecución del gasto». Por lo tanto, «funcionan como reembolsos de los gastos previamente realizados».

Por otro lado, explica el Ministerio de Asuntos Económicos, «los desembolsos realizados por la Unión Europea a través del Fondo para la Recuperación y la Resiliencia se ingresan en una cuenta titularidad de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera abierta en el Banco de España para tal fin». A los «pocos días, esos fondos se transfieren de dicha cuenta a la cuenta operativa de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional en el Banco de España, fundiéndose con el resto de los recursos del Tesoro Público y aportando financiación al Estado. No se mantienen en una cuenta diferenciada, no estando los recursos transferidos afectados a un fin concreto, con independencia de que se haya de acreditar que se hayan gastado fondos por dicho importe en gastos elegibles».

Además, prosigue el documento, los ingresos y gastos del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia «no están afectos entre sí, sin perjuicio del seguimiento, monitorización y reporte sobre los proyectos financiados a estos efectos que se realiza tanto por parte de los distintos órganos competentes del Estado, como por parte de las instituciones europeas».

Respecto a los intereses percibidos por esos depósitos y el saldo medio diario que acumulan las cuentas bancarias del Estado donde se depositan, «no se puede calcular cuántos intereses ha cobrado el Estado ni los saldos medios de las cuentas en las que se depositan los fondos europeos, dado que estos recursos no se mantienen en cuentas separadas, sino que se integran en la tesorería del Estado, que se nutre de otras fuentes de ingresos (tributarios, emisiones de Deuda del Estado) y que tiene salidas continuas de caja para pagar los gastos consignados en los presupuestos y la amortización de Deuda del Estado».

La cartera de Calviño explica que «el tipo de interés retributivo que abona el Banco de España a la totalidad de los saldos que conforman la posición del Tesoro Público es el que fija la política monetaria en cada momento».

Acerca del «concurso público» por el que se ha elegido la entidad bancaria para guardar estos depósitos, la respuesta apunta que «en virtud de lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, las cuentas titularidad de la Secretaría General del Tesoro y financiación Internacional están abiertas en el Banco de España, por lo que este servicio no se saca a concurso público».

Y en cuanto a «comisiones» por la gestión de los fondos, la contestación es que «el Banco de España no cobra comisiones por los servicios asociados a las cuentas corrientes».

En relación con los pagos de la Administración General del Estado, la «gestión de la tesorería y la ordenación de pagos competen al director general del Tesoro y Política Financiera, bajo la superior autoridad de la ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital [es decir, Nadia Calviño], según lo previsto en los artículos 75, 90, 108 y 109 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre».

Según la resolución, «los centros gestores de gasto pueden grabar propuestas de pago a favor de beneficiarios últimos o bien a beneficiarios intermedios, tales como comunidades autónomas, empresas y fundaciones públicas o bien entes del sector público administrativo estatal, tales como organismos autónomos, agencias estatales o fondos sin personalidad jurídica. Si se trata de «propuestas de pago en ejecución» del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia «a favor de otros entes del sector estatal, estas propuestas de pago no se realizan de manera inmediata, sino que se quedan retenidas hasta que la empresa, fundación u organismo estatal solicita al Tesoro el desembolso porque requiere los fondos para la ejecución de los gastos del PRTR de manera inmediata».

Respecto a «propuestas de pago a favor de otras administraciones territoriales, estas son desembolsadas de inmediato y la gestión de los recursos monetarios y de la tesorería asociada a dichos desembolsos es competencia de las administraciones territoriales receptoras de los fondos».

Firma el documento el propio director general del Tesoro, Álvaro López.