Caso Nóos

La Audiencia de Palma no zanja las dudas sobre la prescripción de los delitos fiscales de la Infanta

Hasta el momento, el juez Castro no ha imputado cargo alguno a Doña Cristina

La Infanta CristinaEfe
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MADRID-La Audiencia Provincial de Palma de Mallorca dejó el pasado martes en manos de Hacienda la posible imputación de la Infanta Cristina por un delito fiscal. Pero, al mismo tiempo, la sección segunda precisó, en la resolución en la que acordó dejar en suspenso la imputación acordada por el juez José Castro, que «la prescripción de dicho delito, que está a punto de producirse en junio o julio del presente año, ha de estimarse interrumpida», invocando el artículo 132.2 del Código Penal y «la jurisprudencia constitucional que lo interpreta». La Sala, presidida por el magistrado Gómez-Reino, entiende que la investigación que está llevando a cabo la Agencia Tributaria es suficiente para que no siga corriendo el plazo de cinco años, tras los cuales los delitos fiscales ya no son perseguibles penalmente. Sin embargo, fuentes de la investigación cuestionan esa apreciación y recalcan que, mientras no se produzca la imputación de ese delito por parte del instructor, la prescripción no se interrumpirá. En este último caso, a partir de julio ya no podría procederse contra la Infanta por los dos delitos fiscales que Hacienda imputa a Iñaki Urdangarín.

El artículo 132.2 del Código Penal establece que la prescripción se interrumpirá, quedando sin efecto el tiempo transcurrido, «cuando el procedimiento se dirija contra la persona indiciariamente responsable del delito o falta», comenzando a correr de nuevo ese plazo una vez se paralice el procedimiento contra ella. La Audiencia Provincial de Palma entiende que las actuaciones de Hacienda son suficientes para cumplir ese requisito respecto a Doña Cristina, pero la propia normativa aclara que debe entenderse que un procedimiento se dirige contra alguien cuando «se dicte resolución judicial motivada en la que se le atribuya su presunta participación en un hecho que pueda ser constitutivo de delito o falta». Hasta el momento, el juez Castro no ha imputado un delito fiscal a la hija del Rey en una resolución, lo que alimenta aún más las dudas procesales al respecto. ¿Es suficiente entonces con las pesquisas de Hacienda para que esa prescripción se produzca? «No hay una investigación específica de la Agencia Tributaria sobre la Infanta, sino en relación con el Instituto Nóos y las empresas del entramado», subrayan esas mismas fuentes. Ahora, además, para pronunciarse al respecto tendrá que esperar a conocer el informe adicional de Hacienda sobre las posibles irregularidades fiscales imputables a la Infanta en el seno de Aizoon (la Sala también le dio la posibilidad de citar a sus autores, lo que agilizaría las actuaciones). Y es que el tribunal no se explica por qué se imputa únicamente a Iñaki Urdangarín la supuesta defraudación en el Impuesto de la Renta de 2007 y 2008 por facturar a través de Aizoon sus retribuciones procedentes de empresas privadas. Del mismo modo, la Audiencia considera que la Agencia Tributaria tiene que dilucidar si el matrimonio utilizó parte de los ingresos derivados de Nóos para gastos domésticos (las obras de reforma de su vivienda familiar). El tribunal cuestiona en su resolución el carácter «provisional e incompleto» del informe de Hacienda sobre el Instituto Nóos y sus empresas satélite, pero las fuentes consultadas recuerdan que se trata de un dictamen provisional y que «todavía falta el definitivo». De hecho, fue la Fiscalía Anticorrupción quien apremió a la Agencia Tributaria, el pasado enero, para que presentase un informe provisional ante el temor de que se echara encima la fecha de prescripción de los delitos fiscales sin que presentara el informe final. Pese a todo, sólo la documentación adjunta remitida por Hacienda suma ya seis CD.

El plazo a Torres para entregar los correos, papel mojado

En la resolución de la Audiencia de Palma llamó la atención que la Sala conminase al juez Castro a poner fin al goteo selectivo de correos electrónicos de Diego Torres a la investigación del «caso Nóos» (repartido hasta el momento en siete entregas). El tribunal reprochaba al magistrado y al fiscal Pedro Horrach que no hubiesen zanjado antes una situación que considera «inadmisible»: que sea una defensa «la que marque el devenir y curso de la instrucción». Para atajarla, la citada Audiencia ordenó a José Castro que diera un plazo de tiempo para entregar todos los correos de los que disponga, pasado el cual «no se le admitirán nuevos».

Sin embargo, fuentes de la investigación consultadas por este periódico consideran esa directriz papel mojado dado que entienden que, aunque se agote ese plazo, «Torres puede presentar más correos cuando quiera y si son pertinentes a la investigación ¿cómo los va a rechazar el juez?». La propia Ley de Enjuiciamiento Procesal, recuerdan, establece que las partes pueden aportar pruebas al procedimiento durante toda la instrucción.