Tribunal Supremo
La Fiscalía del Supremo solo retirará el delito de rebelión por «imperativo legal»
Mantendrán ese criterio y sólo modificarían esa acusación a los líderes del «procés» por «imperativo legal»
Mantendrán ese criterio y sólo modificarían esa acusación a los líderes del «procés» por «imperativo legal».
El Consejo de Ministros tiene previsto hoy anunciar, a propuesta de la ministra de Justicia, Dolores Delgado, al sustituto de Julíán Sánchez Melgar al frente de la Fiscalía General del Estado, que, todo hace indicar será sustituta: María José Segarra. Ambas tienen una más que buena sintonía y comparten pertenecer a la Carrera fiscal, a la misma asociación, la Unión Progresista de Fiscales, y haber sido elegidas en sus listas miembros del Consejo Fiscal, órgano representativo y asesor del fiscal general. Por tanto, no parece, al manos a priori, que vayan a existir muchas discrepancias a la hora de identificar los problemas de la Fiscalía y de las soluciones a abordar.
Una de las cuestiones más calientes que se encontrará la nueva titular del despacho de la calle Fortuny de Madrid es el relativo a las tras causas en las que se investiga todo lo relacionado con el «procés» y con la celebración del referéndum ilegal del 1-0. Especialmente, por la inminente finalización de las fases preparatorias del juicio oral, es el que se se instruye en el Tribunal Supremo contra Carles Puigdemont, Oriol Junqueras, Carmen Forcadell y otros ex altos cargos de la Generalitat. Lo único que resta para entrar en la fase del juicio oral es la celebración de la vista por los recursos interpuestos por las defensas contra el auto de procesamiento dictado por el instructor, el magistrado Pablo Llarena; y, de confirmarse, se pasaría la causa al Ministerio Fiscal, Abogacía del Estado y VOX –quien ejerce la acción popular– para que presenten sus escritos de acusaciones. En un principio, esta vista se puede celebrar a final de mes.
El instructor procesó por el delito de rebelión al ex presidente Carles Puigdemont, al ex vicepresidente Oriol Junquera,a los ex consejeros Joaquim Forn, Jordi Turull, Raül Romeva, Clara Ponsatí, Josep Rull, Toni Comín y Dolors Bassa, a la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell, a los ex presidentes de la Asamblea Nacional Catalana y de Omnium Cultura, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, respectivamente, y a la secretaria general de ERC, Marta Rovira. Puigdemont, Bassa, Comín y Rovira están fugados de la Justicia española, motivo por el que el juez acordó abrir piezas separadas para cada uno de ellos.
De esta forma, quien ocupe la máxima responsabilidad en la Fiscalía tendrá que decidir si acusa formalmente por este delito o «rebaja» la misma a delitos menos graves, como sedición o conspiración para la rebelión. Hasta ahora, los fiscales del Tribunal Supremo siempre han defendido que los considerados principales responsables del «procés» incurrieron en el delito de rebelión. Así se puso de manifiesto ya desde la interposición de la querella, en octubre del pasado año, cuando la Fiscalía destacaba que el delito de rebelión se había consumado «con la conducta de alzamiento público y violento orientado a conseguir» la derogación, suspensión o modificación total o parcial de la CE, la declaración de independencia de una parte del territorio nacional y la sustracción de fuerza armada a la obediencia del Gobierno. Esta tesis es la misma que mantiene en la actualidad, expresada en la oposición al recurso de las defenas y solicitando, de esa forma, que se confirme en procesamiento por rebelión para los que acusó el juez Llarena de ese delito.
Y esta misma tesis es la que piensan sostener con el nuevo (o nueva) responsable de la Fiscalía General. «Una vez que hemos llegado hasta aquí no podemos cambiar y rebajar la acusación», sostienen al respecto fuentes fiscales consuladas por LA RAZÓN. Por ello, si María José Segarra, en la hipótesis de confirmarse su nombramiento hoy, decidiera cambiar el criterio, los fiscales lo tiene claro y pedirían que asumiese la nueva calificación. Esto fue lo que sucedió cuando el fiscal pidió en el último momento la libertad bajo fianza de Joaquim Forn, porque así lo decidió Sánchez Melgar, lo que hizo que el representante de la Fiscalía que acudía a la vista esgrimiese que realizaba tal petición por «instrucciones directas» del fiscal general, a la vez que invocó el artículo 25 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal por el que acataba «por imperativo legal» la orden de Sánchez Melgar.
Ese misma actitud es la que piensan llevar a cabo los fiscales asignados a la causa, quienes tienen claro que a los considerados principales responsables del «procés» les acusarán de rebelión, «y después la Sala –el tribunal que debe juzgar– que haga lo que considere adecuado y si entiende que en vez de rebelión es otro delito, como conspiración para la rebelíón o sedición, pues muy bien, pero nosotros no podemos cambiar ahora». Claro está, salvo que lo ordene quien a partir de hoy ocupará la Fiscalía General. SIn embargo, como señalaron al respeco las fuentes consultadas, también hay que tener en cuenta que el juez Llarena, el pasado mes de mayo, «ya expresó que podrían ser acusados por sedición o conspiracíon para la rebelión», lo que podría ser un argumento al que «agarrarse» la nueva titular de la Fiscaía para plantear esta opción, ya sea acusación principal o subsidiaria, es decir, manteniendo la rebelión pero abriendo la puerta a los otros dos delitos, castigados con penas más leves
En cuanto a la acusación en sí, la idea de la Fiscalía es establecer tres niveles de responsabilidad penal en los acusados: rebelión, malversación de caudales públicos y desobediencia. Por el primer delito imputaría a todos los que actualmente están en prisión y a algunos de ellos también le acusaría de malversación, mientras que por desobedienica estarían, entre otros, Lluis María Corominas, Lluis Guinó y Anna Isabel Simó.
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