"Procés"

Puigdemont confía en el nuevo TC para frenar su procesamiento

Su defensa esgrimirá en amparo la reciente sentencia del TJUE para cuestionar la competencia del Tribunal Supremo

El expresidente de Cataluña Carles Puigdemont
El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, en una comparecencia en BruselasRiccardo PeriggianiAP

Con la inmunidad parlamentaria pendiente de un hilo –el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) está a punto de resolver sobre su suplicatorio–, el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont sigue fiando su futuro judicial –como desde hace más de cinco años, cuando huyó a Bélgica para sortear la investigación de la Audiencia Nacional– a los designios de la Justicia europea. Y así seguirá siendo sea cual sea la decisión que adopte el TGUE. Si ampara sus demandas contra el Parlamento Europeo por conceder el suplicatorio, pondrá el contador a cero obligando al magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena a una nueva petición a la Eurocámara para poder proceder penalmente contra él. Pero si ratifica la decisión de dejarle sin la inmunidad, la defensa del líder soberanista reclamará a la Justicia belga –según las fuentes consultadas– que obligue al instructor de la causa del «procés» a tramitar un nuevo suplicatorio, ahora por malversación agravada y desobediencia (y no por la ya derogada sedición y malversación).

Pero más allá de ese horizonte comunitario, el líder soberanista quiere jugar una última baza ante el Tribunal Constitucional (TC) con el objetivo de frenar su auto de procesamiento, que recientemente el juez Llarena adaptó a la reforma penal que eliminó la sedición y rebajó las penas de la malversación cuando no hay ánimo de lucro. En contra de la Fiscalía (que considera aplicable también el delito de desórdenes públicos), el magistrado defiende que solo se puede perseguir a Puigdemont por malversación agravada (castigada con un máximo de doce años de prisión) y desobediencia (que lleva aparejadas penas de inhabilitación).

El TC ya ha avalado en todas y cada una de las ocasiones la competencia del Tribunal Supremo para investigar y juzgar a los líderes independentistas del «procés». No obstante, una vez Llarena ratifique su auto de procesamiento (ahora con el aval de la Sala Penal del alto tribunal, que en la revisión de las condenas se ha alineado con el criterio del instructor) y se resuelvan los posteriores recursos de apelación, la defensa de Puigdemont acudirá en amparo al Constitucional para cuestionar de nuevo la competencia del Supremo.

A vueltas con la competencia

Esta vez lo hará poniendo sobre la mesa la reciente sentencia en la que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resolvió las dudas de Llarena sobre los argumentos esgrimidos por Bélgica para no entregar a uno de los exconsellers fugados, Lluís Puig (cuestionando precisamente la competencia del alto tribunal y sembrado la duda sobre una posible infracción de sus derechos fundamentales en caso de ser puesto a disposición de la Justicia española).

El tribunal europeo dejó claro que Bélgica solo puede rechazar una euroorden si aprecia deficiencias «sistémicas y generalizadas» en el sistema judicial español y que no puede ampararse en una pretendida falta de competencia del Supremo. Pero el equipo jurídico del expresident se agarra a lo que determina respecto a la obligación de la Justicia belga de cerciorarse de que no se vulnere el derecho del reclamado al «juez establecido previamente por la ley», para lo que considera necesario la existencia de una «base legal expresa» de la que, argumenta, carece el Tribunal Supremo. El pasado 2 de febrero, en las alegaciones a los recursos de Fiscalía y Abogacía del Estado contra el nuevo auto de procesamiento de Llarena, la defensa de Puigdemont volvía a plantear la declinatoria de competencia, ya con la sentencia del TJUE como estilete, argumentando que en octubre de 2020 el Supremo «reconoció que no existía una base legal expresa para la pretendida competencia de esta Sala Segunda».

«Con los cambios que ha habido en el TC –se preguntan fuentes próximas al expresident en referencia a la holgada mayoría progresista tras la última renovación del tribunal–, ¿cuántos magistrados sostendrían que la sentencia del TJUE está equivocada?». «¿Va a poder seguir diciendo que no hay vulneración del derecho al juez predeterminado por ley?», añaden antes de reconocer que a la vista de esa resolución y de la nueva composición del tribunal «la única diferencia» respecto a las anteriores ocasiones en las que se ha avalado la competencia del Tribunal Supremo es lo que pueda decir ahora el Pleno de la institución.

Grietas en la respuesta del TC al "procés"

«En su sentencia el TJUE define por primera vez lo que debe entenderse por el juez predeterminado por ley y el TC tendrá que decidir si se suma a la “vía Marchena“ o a lo que defiende el tribunal europeo», aseguran esas mismas fuentes.

El Tribunal Constitucional –entonces de mayoría conservadora– mantuvo la unanimidad en el grueso de las decisiones de calado sobre el «procés», pero esa respuesta sin fisuras se rompió en noviembre de 2019 al avalar, con tres votos en contra, la prisión provisional de Oriol Junqueras. Algo similar sucedería posteriormente, en abril de 2021, cuando el Pleno ratificó la condena por sedición y malversación al exconseller Jordi Turull, pero con dos votos discrepantes (los de la magistrada progresista María Luisa Balaguer, y la del entonces vicepresidente Juan Antonio Xiol).

Sin embargo, con la actual mayoría progresista, el TC aún no se ha pronunciado sobre asuntos relativos al «procés», y a esa nueva composición del tribunal se encomienda ahora el expresident.