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Sale de la cárcel de Herrera la Mancha el asesino de la niña Olga Sangrador
Valentín Tejero, preso desde hace dos décadas en la cárcel de Herrera de La Mancha (Ciudad Real) por distintas condenas, entre ellas una de 50 años por el rapto, violación y asesinato de la niña de 9 años y vecina de Villalón de Campos (Valladolid) Olga Sangrador en 1992, ha abandonado a las 16.50 horas la prisión ciudadrealeña.
La Audiencia de Valladolid ha ordenado este miércoles su excarcelación debido a la anulación de la 'doctrina Parot' decretada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y que considera ilegal la aplicación retroactiva de la misma, que no aplica los beneficios penitenciarios sobre los 30 años de estancia máxima en prisión sino sobre la suma total de las penas.
La decisión de la Audiencia vallisoletana, tribunal sentenciador que condenó a Tejero a medio siglo de cárcel por el asesinato de Olga Sangrador, contrasta, sin embargo, con la postura de la familia de la niña, cuyo letrado, Luis Antonio Calvo, de la Asociación Clara Campoamor, había mantenido su petición de que el reo permaneciera entre rejas hasta 2025.
Olga Sangrador desapareció un 25 de junio de 1992 en la localidad vallisoletana de Villalón de Campos. La policía dirigió sus pesquisas hacia Juan Manuel Valentín Tejero, un delincuente que en ese momento disfrutaba de un permiso penitenciario otorgado por el entonces juez de Vigilancia Penitenciaria, Ignacio Sánchez Yllera, pese a que cumplía condena por tres delitos de abusos deshonestos.
Dos días después, Valentín Tejero confesó la autoría del rapto, violación y asesinato de Olga, de 9 años y cuyo cadáver, enterrado, fue localizado en un pinar de Tudela de Duero.
La resolución de la Audiencia, notificada hoy, recuerda que Valentín Tejero fue condenado en septiembre de 1983 por escándalo público a cuatro meses y un día de arresto mayor, condena a la que siguieron otras tres por abusos deshonestos -la mayor de las tres a siete años y dos meses de prisión y tres meses de arresto en junio de 1987-.
Explica que también fue condenado por violación a cuatro años de prisión menor y por abusos deshonestos a dos años y cuatro meses de prisión menor en junio de 1988.
En sentencia de 10 de septiembre de 1993, Valentín Tejero fue condenado por un delito de rapto a la pena de veinte años de reclusión menor y por un delito de asesinato a treinta años de reclusión menor -resolución referida a la muerte de Olga Sangrador en Villalón de Campos (Valladolid)-, que estableció como límite máximo de cumplimiento con arreglo al Código penal, la pena de treinta años para ambos delitos.
Todas estas sentencias son "firmes", se encuentran en fase de ejecución y han sido dictadas con anterioridad al 28 de febrero de 2006, fecha en la que se introduce por el Tribunal Supremo la conocida como 'doctrina Parot', explica el auto de la Sala Segunda de la Audiencia provincial vallisoletana.
Argumenta que en todas estas sentencias se aplicó el Código Penal derogado en 1973, por lo que todas ellas se ven afectadas, a los efectos de fijación de la liquidación de condena y fecha de cumplimiento de la pena, por el contenido del acuerdo de la Sala General del Tribunal Supremo de 12 de noviembre pasado.
Esta circunstancia "lleva necesariamente a este Tribunal, en base a dicha doctrina del Tribunal Supremo, a fijar el día 12 de noviembre de 2012 como fecha de cumplimiento por parte de Juan Manuel Valentín Tejero de todas las penas impuestas en los procedimientos citados, a la vista además de la documentación remitida por el Centro Penitenciario de Herrera de la Mancha -donde cumple condena-.
En los fundamentos de derecho del auto, el tribunal se refiere a la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos del pasado 21 de octubre por el caso de la etarra Inés del Río y al acuerdo adoptado posteriormente por la Sala General del Tribunal Supremo el pasado noviembre.
Antes de que el Tribunal de Estrasburgo dictara la resolución sobre la denominada "doctrina Parot", el Tribunal Supremo confirmó el pasado marzo la decisión de la Audiencia de Valladolid de mantener en prisión hasta 2025 a Valentín Tejero, al aplicar esta doctrina, y estableció que los beneficios penitenciarios no se descontaran del límite máximo de cumplimento efectivo, 30 años de cárcel, sino del total de las penas impuestas.
El pasado 27 de octubre, cerca de un millar de personas se manifestó en el pueblo de la pequeña, Villalón de Campos (Valladolid), contra el reciente fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.