Desafío soberanista
El Tribunal Supremo cierra la puerta a revisar los indultos del "procés"
La Sala no considera a Vox y Ciudadanos legitimados para recurrir la medida de gracia a Jordi Sànchez y Jordi Cuixart
El Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido por falta de legitimación tres recursos presentados por Vox y tres exdiputados autonómicos de Ciudadanos contra los indultos acordados por el Gobierno de Pedro Sánchez a Jordi Sánchez y Jordi Cuixart por su papel en el "procés". En el caso de los dos recursos presentados por la formación de Santiago Abascal, la Sala los ha inadmitido por unanimidad, y respecto al presentado por los exparlamentarios de Ciudadanos, se ha acordado por mayoría. Ningún magistrado ha anunciado por ahora voto particular. La resolución se conocerá en los próximos días y, según fuentes del Supremo, en los recursos pendientes ya terminados "se aplicarán los criterios" establecidos en estos primeros fallos en relación a la falta de legitimación de los partidos políticos para cuestionar la medida de gracia en los tribunales.
El TS ya llegó a esa misma conclusión en enero del pasado año, perola Sección Quinta rectificó cuatro meses más tarde por un solo voto al considerar que, dado que la cuestión de la legitimación de los recurrentes está vinculada al debate de fondo, ese debate debía posponerse hasta la sentencia, lo que ahora se ha hecho en el mismo sentido.
Esta decisión supone que el alto tribunal no entrará previsiblemente en el fondo del asunto al descartar que los partidos políticos tengan un interés directo en los indultos. El alto tribunal aun debe pronunciarse sobre los recursos -también del PP y del exdelegado del Gobierno en Cataluña Enric Millo- contra los indultos al líder de ERC, Oriol Junqueras, y a los exconsellers Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa, después de que archivara los recursos contra los indultos a Carme Forcadell, expresidenta del Parlament, y a los exintegrantes del Gobierno de Puigdemont Joaquim Forn y Josep Rull, que fueron condenados únicamente por sedición (al haberse derogado este delito).
El PP, por ejemplo, justificó su interés directo en el asunto por "la violencia ambiental" contra sus cargos públicos, afiliados y simpatizantes "promovida y favorecida por los condenados", que se tradujo en escraches y ataques a sus sedes. Vox, por su parte, esgrimió su personación como acusación popular en la causa del "procés" y Cs puso sobre la mesa la vulneración del derecho de participación política a sus diputados en el Parlament a consecuencia del "procés".
Cambio de criterio
PP, Ciudadanos, Vox y el exdelegado del Gobierno en Cataluña Enric Millo recurrieron ante el alto tribunal los indultos parciales que concedió el Gobierno a los líderes independentistas condenados por su papel en el "procés". Los magistrados de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (a excepción del expresidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial Carlos Lesmes, que optó por abstenerse) optaron por no avocar al Pleno la resolución de los recursos, como era la intención del anterior presidente de la Sala de lo Contencioso-administrativo, César Tolosa, que fue elegido magistrado del Tribunal Constitucional a propuesta del CGPJ.
Los magistrados de la Sección Quinta decidieron en mayo del pasado año revertir su decisión inicial, adoptada cuatro meses atrás, de negar de plano a PP, Vox y Ciudadanos la legitimación de recurrir la medida de gracia al considerar que, como partidos políticos, no tenían un interés legítimo en la cuestión. Optaron por tramitar los recursos y examinar con más calma si los partidos recurrentes tienen o no un interés directo en el asunto que justifique su capacidad jurídica para intentar tumbarlos en los tribunales, algo que ahora ya han negado a Vox y Cs y previsiblemente harán también con el PP.
Ese primer pronunciamiento, en caso de ser favorable a los intereses de PP, Vox y Cs, abría la puerta a que los magistrados entrasen a analizar si la medida de gracia se sustentó en razones de utilidad pública, como exige la ley, lo que al menos en el caso de "Los Jordis" no se ha producido.
Tres de los cinco magistrados -Wenceslao Olea, Fernando Román e Inés Huerta- respaldaron la decisión de tramitar los recursos, que había sido rechazada previamente cuando Huerta estaba adscrita a la Sala de Admisión y no participó en la resolución. La Fundación Catalana de L´Esplai (Fundesplai) intentó sin éxito apartar del debate a Huerta por haber respaldado en 2019, como integrante de la Junta Electoral Central, la negativa a que los condenados del «procés» inhabilitados fuesen incluidos en las listas electorales para elecciones generales. La magistrada se jubiló el pasado marzo, lo que ha obligado a incorporar a la Sección Quinta a un magistrado suplente de otra sección (sin esa incorporación no se llegaba al quórum) dado que desde marzo de 2021 el CGPJ no puede realizar nombramientos por encontrarse en funciones.
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