ERE
Un juez de Toledo investigará las cuentas de la empresa hípica de Bono
Ha admitido a trámite una querella por posible delito societario y falseamiento
Un juez de Toledo ha admitido a trámite una querella por delito societario y falseamiento de cuentas anuales contra cuatro administradores de la mercantil Hípica Almenara, de la que el presidente del Congreso de los Diputados, José Bono, es accionista mayoritario. En el auto explica que es necesario abrir una investigación para «verificar» los hechos denunciados, pues «a priori no se puede excluir el carácter delictivo de las conductas atribuidas a los querellados».
El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Toledo admite la querella en contra del criterio de la Fiscalía, que rechaza que los hechos sean constitutivos de delito así como que pueda existir un perjuicio para «el interés general», pues el socio mayoritario de Hípica Almenara (con un 80 por ciento de las acciones) es «una sola persona física». Es decir, José Bono. En contra del fiscal, el juez asegura que este caso, aparte del perjuicio que el presunto falseamiento de las cuentas haya podido causar a los socios, «atañe a la transparencia que debe imperar en toda sociedad democrática en tanto en cuanto el socio mayoritario de Hípica Almenara es actualmente un alto dignatario del Estado».
El último contacto del presidente del Congreso con la Justicia se saldó el pasado mes de julio, cuando la Fiscalía del Tribunal Supremo decretó el archivo de las diligencias de investigación abiertas en su investigación sobre el patrimonio de Bono, tras una denuncia del PP. «No hay prueba, ni directa ni indiciaria, que permita aseverar que se han cometido los delitos a los que se alude en la denuncia», era su conclusión. Así, concluía que «ni la empresa Reyal Urbis S.A. ni la denominada Retiro Construcciones S.A. habían sido adjudicatarias de contrato alguno ni habían recibido cantidad alguna como ayuda o subvención de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha».
En el decreto del teniente fiscal del Supremo, Juan José Martín Casallo, se partía de que la prueba esencial «de sus insinuaciones» aportada en la denuncia del PP consistía en «mera fotocopias de periódicos» y se concluía, en cambio, que no se acreditó «que haya habido entrega de dádiva o regalo, y, consecuentemente, tampoco que haya habido contraprestación por parte del denunciado», José Bono.
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