Finanzas
La letra pequeña queda prohibida para la banca
Su altura superará los dos milímetros en todos los contratos
MADRID- Coto al fraude bancario y puerta abierta a la transparencia. El Banco de España tiene previsto obligar a las entidades financieras a eliminar la «letra pequeña» de los contratos de productos bancarios con el objetivo de avanzar en la protección de los clientes y promover la concesión responsable de créditos. Así figura en la circular 5/2012 de 27 de junio a entidades de crédito y proveedores de pago, publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
«La letra a utilizar en los documentos de información tendrá un tamaño apropiado para facilitar su lectura. En todo caso, la letra minúscula que se emplee no podrá tener una altura inferior a dos milímetros», subraya el texto de la norma. Esta condición deberá regir para productos y servicios bancarios como depósitos, créditos al consumo, préstamos hipotecarios sobre viviendas y negociación de cheques, así como avales, fianzas y garantías, entre otros, según recoge la circular.
Asimismo, las entidades están obligadas a que todo lo que deba destacarse en la información previa a un contrato se haga del mismo modo. Así, si se opta por poner texto en negrita, no se podrá usar ésta para otra información del documento, aunque sean los titulares del mismo.
Más información
La norma avala además el aumento de la información que las entidades deben poner a disposición de los potenciales clientes, de acuerdo con las mejores prácticas del mercado. El objetivo es «racionalizar y aumentar las obligaciones de transparencia y la contucta de las entidades de crédito», recoge el documento, que insiste en que «cuando las entidades dan crédito deberán actuar honesta, imparcial y profesionalmente, atendiendo a la situación personal y financiera, y a las preferencias y objetivos de sus clientes, debiendo resaltar toda condición de los contratos que no responda a dicho fin».
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