Despidos

La letra pequeña de la reforma laboral

La letra pequeña de la reforma laboral
La letra pequeña de la reforma laborallarazon

El trabajador tendrá derecho a indemnización cuando cambien las condiciones laborales
El trabajador que no acepte un cambio de ciudad podrá optar por acogerse al despido, que será procedente, con una indemnización de 20 días por año trabajado y un límite máximo de 12 mensualidades. Los empleados que no acepten las modificaciones sustanciales de sus condiciones de trabajo tendrán derecho también a extinguir su relación con la empresa y percibir una indemnización de 20 días por año trabajado, con un tope, en este caso de nueve mensualidades.


Las empresas con beneficios tendrán que pagar las prejubilaciones
El Gobierno aclara la conocida como «enmienda Telefónica», que se incluyó en la reforma de las pensiones realizada por Zapatero para evitar que las grandes empresas con beneficios carguen sus prejubilaciones al erario público. A partir de ahora, las compañías con más de 500 trabajadores que incluyan en sus despidos colectivos a mayores de 50 años deberán efectuar una aportación económica al Tesoro Público, si han registrado ganancias los dos años anteriores al despido.
 

Los privilegios de los delegados sindicales se extienden a otros trabajadores
La reforma laboral, que aprobó este viernes el Consejo de Ministros, acaba con la exclusividad que hasta la fecha disfrutaban los delegados sindicales en un proceso de despido colectivo. Hasta ayer el Estatuto de los Trabajadores impedía que fueran los primeros en ese despido colectivo. Ahora compartirán ese privilegio con los trabajadores con cargas familiares, las personas discapacitadas y los mayores a partir de una determinada edad, a fijar en la negociación colectiva.


Para compatibilizar paro y salario hay que haber cobrado tres meses de prestación
El contrato indefinido por el que podrán contratar los pequeños y medianos empresarios de menos de 50 trabajadores será a jornada completa, según el decreto ley de reforma laboral. En el caso de que se efectúe este contrato, un parado deberá estar cobrando la prestación por desempleo durante al menos tres meses antes de su incorporación a la pyme. Este trabajador de forma voluntaria podrá optar por compatibilizar el cobro del 25% de su prestación por desempleo con el salario.
 

El contrato de formación no podrá ser de menos de seis meses ni superar los tres años
La duración mínima del contrato de formación y aprendizaje será de un año y la máxima, de tres. No obstante, mediante convenio se puede fijar otra duración –en función de las necesidades organizativas o productivas– que, en ningún caso, podrá ser inferior a seis meses y superior a tres años. La baja por enfermedad, el riesgo en el embarazo, la maternidad o paternidad, la adopción o acogimiento y el riesgo durante la lactancia interrumpirán el cómputo de la duración del contrato.

Los trabajadores que se acojan al teletrabajo tendrán los mismos derechos que los demás
La reforma laboral incentiva el teletrabajo. A partir de ahora tendrá consideración de trabajo a distancia aquel en que la prestación de la actividad laboral se realiza de manera preponderante en el domicilio del trabajador o en el lugar que libremente elija el empleado de modo alternativo a su desarrollo presencial en el centro de trabajo de la empresa. El acuerdo por el que se establece el teletrabajo se formalizará por escrito. Estos trabajadores tendrán los mismos derechos que el resto.

Reacciones
Rubalcaba
«Es la fórmula del todo a 20»

El secretario general del PSOE señaló que la reforma conducirá a «más paro» porque abarata el despido con la fórmula del «todo a veinte», ya que todas las indemnizaciones serán de 20 días.