Carreteras
La Policía teme reacciones airadas de los ciudadanos en los controles
Un informe refleja que temieron que los viandantes ayudaran a un retenido
Valencia-Un expediente del Ayuntamiento de Valencia para la imposición de una sanción por la comisión de una infracción leve, refleja que los agentes de la Policía Local intervinientes temieron la reacción de la ciudadanía en apoyo de una persona que había sido retenida por su actitud sospechosa en un control y que estaba vociferando e insultando a los agentes.
El expediente no aporta muchos más datos sobre los hechos, pero sí que estos ocurrieron el día 26 de abril de 2012 frente al número 151 de la calle Guillem de Castro de Valencia, una zona no especialmente conflictiva, y que eran la una y media de la noche.
Refleja el escrito que «ante un control policial, el piloto del vehículo en el que iba la persona expedientada, dio marcha atrás, lo que motivó la intervención de los agentes que procedieron a la identificación de los ocupantes y al registro y cacheo superficial (...) y fue entonces cuando la persona expedientada se dirigió a los propios policías en una actitud violenta y hostil hacia los agentes con un tono de voz elevado que podría provocar reacciones similares a otros viandantes que minaría la seguridad de los actuantes en la intervención».
Es decir, que según consta en el informe, los agentes temieron que la actitud energúmena del ahora sancionado fuera secundada por algún otro ciudadano hasta el punto de poner en riesgo la integridad de los policías.
Además, el citado informe de la Policía señala, aunque tampoco concreta, que el vehículo del que descendió dicha persona ¡se dio a la fuga!
Del expediente que se resuelve contra el incívico ciudadano no se deduce que se estén ejerciendo acciones tendentes a determinar la identidad del resto de ocupantes del vehículo. Tampoco se explica por qué huyeron, aunque ello no significa que no se haya hecho.
Sorprendentemente, el expediente sí se prodiga en explicar que realmente, los hechos «no se pueden tipificar de acción grave» y que por lo tanto se queda la cosa en una infracción leve, y que además, se multará con la mitad inferior de la multa posible, que siendo de hasta 300,52 euros, se quedará en 150.
Además, el multado no ha comparecido en el trámite de audiencia que siempre se concede a los multados por si quieren alegar cualquier cosa en su defensa.
Resulta curiosa la resolución habida cuenta de la propia sensación de riesgo que percibieron los agentes en dicha actuación en la calle Guillem de Castro.
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