Caso Malaya
ANÁLISIS Suspensión de la pena
¿Por qué las condenas con penas inferiores a dos años se libran de la prisión?
–El Código Penal establece que la pena puede quedar en suspensión siempre que se cumplan ciertos requisitos: no tener antecedentes vigentes, que no sean condenas superiores a dos años y que se hayan pagado las responsabilidades civiles.
¿Y si volviesen a delinquir?
–La pena se suspende durante un plazo que establece el juez (entre dos y cinco años). Si en este plazo delinquen la condena se ejecuta. Pero depende del delito que cometan: si es sólo una multa, la pagan; si incluye prisión, irán a la cárcel.
María José Campanario y su madre han sido condenadas a un año y once meses de prisión. ¿Son penas estrictas?
–Para los delitos de estafa, la ley prevé condenas de 6 meses a tres años, pero en este caso se ha quedado sólo en cuatro meses porque se han aplicado atenuantes: estamos hablando de un delito en grado de tentativa, ya que no se ha consumado. En el caso de la falsedad documental han sido condenadas a una pena media porque la ley también establece penas de seis meses a tres años y ellas han sido condenadas a un año y siete meses.
¿Y en el caso de las multas?
–La multa va en relación a la capacidad económica del reo, por eso la cuantía de su madre es inferior. Pagan esta cantidad porque el delito de falsedad documental conlleva prisión y multa.
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