Operación Policial
El error de un laboratorio casi manda ocho años a la prisión a dos hombres
Confundió la tetracaína que transportaban con cocaína de más del 60 por ciento de pureza
VALENCIA- Dos personas han estado a punto de ingresar en prisión por un periodo cercano a los ocho años, al haber confundido el polvo blanco que transportaban en tres botes con cocaína.
El error se produjo en el laboratorio en el que se analizaron las sustancias intervenidas, a saber: una papelina con 0,61 gramos de cocaína, y tres botes de un kilo cada uno de tetracaína.
Según el propio laboratorio, el fallo estuvo «motivado por un error en el tratamiento automático de los datos». Lo bien cierto es que en el primer análisis, el laboratorio en cuestión aseguró que la papelina contenía cocaína con una pureza del 57,45 por ciento, mientras que los botes tenían idéntica sustancia pero con purezas de entre el 61,68 y el 65,78.
La agilidad del abogado para pedir el contra análisis sacó a los acusado del umbral de la cárcel.
Los hechos se remontan al 17 de mayo de 2011, cuando los dos acusados, ahora absueltos, circulaban con un coche por las avenida Manuel Candela de Valencia. Una extraña maniobra hizo que un vehículo policial les diera el alto e identificara a los dos hombres, de nacionalidad colombiana. En el registro del vehículo hallaron los tres botes, además de la papelina en el bolsillo de uno de los detenidos que por su cantidad (0,61 gramos) se puede considerar de autoconsumo. Además, se les ocuparon cuatro teléfonos móviles y todo el dinero que llevaban, apenas 75 euros.
El primer análisis, realizado el 24 de mayo, dio los resultados antes expuestos por lo que el Ministerio Fiscal solicitó la pena de ocho años de prisión para cada uno de ellos por un delito contra la salud pública.
Además, pedía también una multa de 200.000 euros a cada uno de ellos.
El letrado de la defensa, Nicolás Hellín, convencido de que la sustancia no era cocaína pidió un contra análisis y propuso como perito a Miguel de la Guardia Cirugeda, catedrático del Departamento de Química Analítica de la Universidad de Valencia.
Tras el segundo análisis, el perito asegura que la única cocaína son los 0,61 gramos que llevaba uno de los detenidos en el bolsillo, que el resto se trataba de tetracaína, un anestésico con diversos usos médicos.
Todo se unió en contra de los acusados. Por una parte, debió ser determinante la nacionalidad, y también el hecho de que uno de ellos sí llevara cocaína en el bolsillo. También la maniobra del vehículo que hizo levantar las sospechas de la Policía, y evidentemente, el hecho de que la tetracaína sea uno de los productos químicos que habitualmente se utiliza para «cortar» la cocaína.
Pero lo bien cierto es que dicha sustancia no es «fiscalizable», es decir, que su tenencia no es delito, más allá de las sospechas que levante.
Conocido el error, el Ministerio Fiscal retiró la acusación, y el primer laboratorio abrió una incidencia para que no vuelva a darse un fallo similar. Su señoría, por si acaso, ordenó destruir tanto la coca como la tetracaína y absolvió a los acusados
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