Administración Pública
El traje a medida de la Inspección
La comprobación del correcto funcionamiento de las nuevas agencias la llevan a cabo inspectores nombrados «a dedo». El «caso Matsa» ya evidenció la parcialidad de este organismo
Sevilla- La consejera de Hacienda y Administración Pública, Carmen Martínez Aguayo, destacó el jueves en el Parlamento la actuación de la Inspección General de Servicios en las nuevas Agencias Públicas Empresariales constituidas tras la reordenación del sector público, con el objetivo de comprobar, tal y como recoge la orden del 25 de julio, que las potestades administrativas están siendo ejercidas por personal funcionario.
La titular de Hacienda detalló que el equipo de inspección ya ha requerido a las agencias la relación de procedimientos a realizar conforme a los estatutos o la identificación de las personas responsables de su gestión. Además, los inspectores están realizando visitas a las agencias «in situ» para chequear el proceso, como ya adelantó LA RAZÓN la pasada semana.
El operativo de inspección marcha según lo previsto. Lo que está en cuestión es, sin embargo, la imparcialidad del cuerpo de inspectores generales de servicios. Y aquí es donde entra en juego la paradoja, ya que la polémica Ley 1/2011 de Reordenación del Sector Público lo que pretende, sobre el papel, es, entre otros objetivos, que «el cumplimiento del interés general se aborde desde la imparcialidad, conforme a los principios de objetividad, economía y eficiencia».
La Inspección General de Servicios de la Junta es el órgano especializado que ejerce las funciones superiores de inspección, así como de asesoramiento y colaboración para «velar por el cumplimiento de la normativa vigente y comprobar su actuación conforme a los principios de legalidad, eficacia y eficiencia administrativas». ¿Qué explica el déficit de independencia? Una clara relación jerárquica. La Inspección está vinculada orgánica y funcionalmente a la Secretaría General para la Administración Pública, que a su vez depende de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, que es la que ha puesto en marcha la polémica reordenación empresarial. De hecho, todos los inspectores generales de servicios y los inspectores provinciales, que son los que están en este momento llevando a cabo la actuación extraordinaria que detalló Martínez Aguayo en la Cámara, son nombrados a través de un proceso de libre designación por el titular de la Secretaría General para la Administración Pública. Es decir, «a dedo».
Hay, asimismo, un antecedente reciente que pone en solfa la imparcialidad en el ejercicio de las funciones que tiene encomendada la Inspección General de Servicios: el «caso Matsa». No hay que olvidar que fue la Inspección la que elaboró el informe que exculpó a Manuel Chaves de la concesión –con su voto en el Consejo de Gobierno– de una subvención de más de diez millones de euros a la empresa en la que trabajaba su hija Paula. El TSJA, sin embargo, tras un recurso del Partido Popular, ordenó abrir un expediente a Chaves, ya que consideraba «arbitrario e injustificado» el acuerdo del Consejo de Gobierno e infligía un serio correctivo al Ejecutivo andaluz, al señalar que no había existido labor investigadora como tal. La Junta se limitó a exculpar «ab initio» –desde el inicio– al ex presidente autonómico. Posteriormente fue el Supremo el que revocó la sentencia del TSJA, pero sin entrar en el fondo, simplemente por una cuestión de jurisdicción.
Lo llamativo, en cualquier caso, es que la Inspección General de Servicios dependía, cuando se hizo el informe del «caso Matsa», del ex viceconsejero de Justicia y Administración Pública José Antonio Ortiz Mallol, el padre intelectual del «decretazo» –en su etapa como secretario general de Administración Pública– que desembocó en la «ley del enchufismo».
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