Francia

España se aleja de Francia para seguir a Berlusconi

El plazo de prescripción en la UE van de los tres a los 20 años

La Razón
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Madrid- Los países desarrollados no tienen un criterio unánime sobre los plazos de prescripción de los delitos fiscales. En Francia, la legislación establece tres años completos a partir de la comisión del fraude, mientras que Gran Bretaña amplía tal plazo hasta los veinte años. El Gobierno de Silvio Berlusconi reformó la legislación para ampliarlo hasta diez si existen elementos externos que hayan provocado una interrupción en el proceso judicial, frente a los siete años y medio previos.


EE UU
Seis años para los delitos más graves
La legislación estadounidense fija un plazo de seis años para la prescripción de los delitos fiscales más graves: fraude fiscal, impago de impuestos, conspiración para el fraude, presentación de documentación falsa o interferencias con la Administración. Para otros, como la presentación de documentos erróneos, de información falsa o falta de documentación, tres años. Las condenas pueden llegar a cinco años.


ITALIA
Diez si se interrumpe el proceso
Con la última modificación incluida en el plan de ajuste económico aprobada por el Ejecutivo italiano, se ha aumentado el plazo de prescripción de los delitos tributarios. Por principio, y de forma general, se fija en ocho años. No obstante, si existen elementos que hayan provocado una interrupción del proceso judicial, el plazo se alarga hasta los diez años. Con la legislación precedente, los plazos eran de 6 y 7,5 años, respectivamente.


FRANCIA
Tres años desde la comisión del fraude
Francia establece un plazo de prescripción de tres años a partir de la comisión del fraude o delito. La Administración puede iniciar acciones hasta el final del tercer año a partir del momento del delito. Después, se considera que ha prescrito. La Ley francesa considera que hay un delito de fraude fiscal cuando se constata la existencia de hechos materiales que permitan al contribuyente sustraerse del pago total o parcial.


ALEMANIA
Una decena en Alemania, 5 en Bélgica
Como la italiana, la legislación alemana establece un plazo de diez años para que prescriban los delitos fiscales, la mitad de lo que establece la legislación de Reino Unido. Más relajada es la legislación belga, que establece un plazo de prescripción de cinco años desde la última fecha de pago en lo tocante a los impuestos de la renta. Si el contribuyente presentó una reclamación contra la liquidación, se puede optar por no pagar.

Información realizada por: Celia Maza, C. Herrero, Darío Menor y Marta Torres.