Sevilla

Un error provoca que el SAE no pueda dar ayudas en las provincias

Los nuevos estatutos obligan a que la firma final siempre sea del director-gerente en Sevilla

El consejero de Empleo, Manuel Recio, en el Debate sobre el Estado de la Comunidad el pasado jueves
El consejero de Empleo, Manuel Recio, en el Debate sobre el Estado de la Comunidad el pasado jueveslarazon

SEVILLA- Error, olvido o improvisación, lo cierto es que las direcciones generales y provinciales del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) no pueden resolver las ayudas previstas en las distintas órdenes de la Consejería de Empleo. Es decir, no pueden otorgar subvenciones, sacar líneas de apoyo al fomento del empleo, la principal función que tienen asignada. Se trata de un problema jurídico que dificulta la actividad del SAE.

La responsable de esta situación es la ley de reordenación del sector público empresarial. Desde el 3 de mayo, el SAE es ya una agencia de régimen especial y se rige por los estatutos aprobados mediante el Decreto 96/2011 de 19 de abril. Entre las funciones que esos estatutos le atribuyen a la agencia está la resolución de las convocatorias de ayudas y subvenciones y la suscripción de convenios de colaboración referentes a las competencias gestionadas por el SAE. Esto no es nuevo, pues de manera literal figura en la ley 4/2002 de 16 de diciembre por la que se creó este organismo. Lo que ha cambiado, y así aparece reflejado en una comunicación interna del propio SAE de 19 de mayo al que ha tenido acceso LA RAZÓN, es que esa función le corresponde a la Dirección-Gerencia «en virtud de la atribución residual de competencias previstas en el apartado q) del artículo 15.2 de los estatutos». Esa atribución la tenía antes el consejero de Empleo, y éste delegaba las competencias en los directores generales y provinciales. Ahora se está a la espera de «dictar una nueva resolución de delegación de competencias por parte del titular de la dirección gerencia del SAE para la resolución de ayudas».

Ante esta imprevisión, ¿cuál es la situación real que se vive en el SAE? Existe un cuello de botella ya que todo tiene que pasar por la dirección-gerencia. La comunicación interna es clara: «Con objeto de no paralizar la resolución de aquellas convocatorias de ayudas gestionadas por el SAE que deben resolverse con carácter urgente para no interrumpir los programas que exijan una continuidad, y hasta que se publique la citada resolución de delegación de competencias, el órgano competente para la resolución de las ayudas de los programas gestionados por el SAE es el titular de la dirección gerencia y, en consecuencia, el órgano competente para la firma de las propuestas de documentos contables AD, así como las resoluciones de concesión». Desde el 3 de mayo cuando el SAE pasó a ser una agencia, han pasado más de dos meses sin que se haya resuelto este problema burocrático.

En la práctica, la descentralización de servicios administrativos que prometió José Antonio Griñán en su discurso de investidura se traduce en lo siguiente: un expediente de ayuda a la formación tramitado en la delegación del SAE de Almería y sólo pendiente de la firma de resolución de concesión, hay que remitirlo a la sede central del SAE en Sevilla, junto al documento fiscalizado por la Intervención y otro que justifique su resolución urgente. Sólo así lo podrá firmar el director gerente, devolverlo a Almería y proceder al pago. Si no es urgente, tendrá que esperar a que se apruebe la normativa. La Junta se ahorra temporalmente ese dinero, lo que en los momentos actuales de falta de liquidez tampoco le viene mal.

La Consejería de Empleo ha tratado de resolver este embrollo a través de una resolución publicada en el BOJA de 2 de junio por la que se delegan competencias en los órganos directivos del SAE. En ella, al margen de autorizaciones menores como «la de asistencia a cursos de selección» o «del periodo vacacional», también se hace referencia a la problemática surgida en la gestión de las subvenciones: «Se delegan las mismas competencias que venían ejerciendo por delegación del consejero de Empleo en las distintas órdenes de aprobación de bases reguladoras de subvenciones aprobadas con anterioridad a la entrada en vigor del decreto 96/2011 de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del SAE». La Junta obvia su propia normativa y se salta lo que marca un decreto a través de una resolución.

Según ha podido conocer este periódico, este hecho no ha sido admitido por las intervenciones provinciales que han exigido un informe del gabinete jurídico de la Junta. Ante los reparos del órgano fiscalizador, la propia dirección-gerencia del SAE pidió el 14 de junio un pronunciamiento expreso a los responsables jurídicos de la Administración andaluza. Para no retrasar más la tramitación de las ayudas, esta memoria se añade a los expedientes en trámite.