Jubilación

Empleo propondrá el jueves en el Congreso limitar jubilaciones anticipadas

El secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, explicará el próximo jueves en el Congreso de los Diputados los informes elaborados por el Ministerio de Empleo para restringir las jubilaciones anticipadas y parciales, así como el que permitirá compatibilizar pensiones y trabajo.

Burgos comparecerá ante la Comisión no permanente del Pacto de Toledo, que desde 1995 ha emitido las recomendaciones sobre las que se han asentado las distintas reformas de pensiones aprobadas.

La ministra de Empleo, Fátima Báñez, llevó dichos informes al Consejo de Ministros del pasado 26 de octubre y explicó que el coste anual para la Seguridad Social de las jubilaciones anticipadas es de 7.288 millones de euros y de las jubilaciones parciales de 2.690 millones.
Además, defendió la necesidad de restringirlas para garantizar la sostenibilidad del sistema público de pensiones.

La reforma de pensiones que en 2011 acordó el PSOE con CCOO y UGT y CEOE y CEPYME entra en vigor el uno de enero de 2013 y eleva progresivamente, hasta 2027, la edad legal de jubilación (de los actuales 65 a 67), mientras que sube paulatinamente (hasta 2022) el período de cómputo para calcular la cuantía de los actuales 15 a 25 años.

La jubilación anticipada será, si es por despido, a partir de los 61 años y, si es voluntaria, desde los 63.

En ambos casos se exigirán 33 años cotizados y por cada trimestre de adelanto de la edad de jubilación se les aplicará una penalización (los llamados coeficientes reductores) de entre el 1,625 y el 1,875 por 100.

En el informe que ha elaborado Empleo y ha enviado a los agentes sociales se alerta de que los cambios no son suficientes.

Según Empleo, a partir de 2027 a la jubilación anticipada no voluntaria se podrá acceder con hasta seis años menos que si el retiro fuera a la edad legal requerida entonces (los 67).

En el caso de la voluntaria, el anticipo podrá ser de hasta cuatro años en el 2027.
Además, se advierte de que los coeficientes reductores no van en consonancia con los años adicionales que coticen.

Como ejemplo indica que si, en 2027, se han cotizado 38 años y medio el coeficiente corrector es del 30 %, mientras que si la carrera es de sólo 38 años la aminoración de la pensión es del 26 %.

Además, resalta que esos coeficientes son iguales a los que se aplicarán en 2013, cuando la edad legal de jubilación será de 65 años y un mes.

Otra laguna detectada es que si la base reguladora de una pensión es mayor que la pensión máxima la aplicación de coeficientes reductores no tienen efecto real.

Por ello propone, de forma genérica, las siguientes modificaciones: adecuar la edad de jubilación anticipada a la legal, actualizar su período mínimo de cotización exigido y ajustar los coeficientes reductores.

En el informe también se analiza la jubilación parcial -a la que se accede a los 61 años, con una cotización mínima de 30 años y una antigüedad en la empresa de 6-, que permite hacer una jornada laboral mínima del 25 %, para lo que la empresa contrata a un relevista.

Para Empleo se utiliza como una forma "privilegiada"de jubilación anticipada, porque sus condicionantes no son "muy restrictivos", se permite una jornada laboral "muy reducida"y no se aplican coeficientes reductores.

Los cambios que pide son adecuar la edad de acceso jubilación parcial a la legal y modificar la jornada que haría el beneficiario para que haya una verdadera transmisión de conocimientos y experiencias con el relevista.

Prolongación de los contratos de relevo y establecimiento de ciertas cautelas en cuanto a los temporales que hay en la empresa para evitar el uso indebido de esta figura, adecuar el período mínimo de cotización al exigido para la anticipada y considerar en su cuantía el impacto que tiene para la Seguridad Social, completan sus propuestas sobre jubilación parcial.

Por lo que respecta a compatibilizar pensión y trabajo, Empleo lo limita al sector privado y a los que tengan la edad legal requerida para jubilarse y que hayan cotizado para el 100 % de la prestación, entre otros requisitos.