Tribunal Supremo

Falta(trajes)vs delito(Faisán)

La Razón
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La apertura de juicio oral contra el presidente Camps es un trámite procesal más, consecuencia de un auto cuestionable, que puede ser considerado desproporcionado e injusto, si se le compara con otros sucesos en los que los afectados son miembros del PSOE. «Es, sin duda, un agravio comparativo en relación a Bono». El juez Flors, contradice la doctrina Bono pues si al presidente del Congreso se le hubiera aplicado el criterio del instructor valenciano sobre la relación de amistad que puede mediar en la recepción de un regalo, el político manchego estaría imputado.
Sin embargo, a él le valió el archivo cuando fue acusado de un delito de cohecho en relación con la permuta de los dos inmuebles de su propiedad y al aceptar como regalo de la inmobiliaria Reyal Urbis la decoración de parte de una de sus casas. El auto de Flors reconoce que no hay pruebas de cargo contra Camps, pero opta por creer a un sastre que falsificaba facturas y por descartar los informes económicos exculpatorios de tres expertos independientes que coincidían con las conclusiones de la Agencia Tributaria.
A Camps no se le acusa de ningún delito sino de no tener el recibo de unos trajes porque presuntamente se los regalaron. Una falta que lleva aparejada una mínima multa y en ningún caso inhabilitación.
Es decir, ¿una presunta falta cometida por un político de derechas es más grave que un presunto delito cometido por un político de izquierdas como el "caso Faisán"que conlleva entre seis y doce años de cárcel por colaboración con banda armada e inhabilitación de por vida?