Sevilla

La Junta exoneró a ayuntamientos de justificar ayudas para escuelas taller

El ex consejero Fernández les libró de documentar «en tiempo y forma» el dinero recibido

Antonio Rivas y Antonio Fernández
Antonio Rivas y Antonio Fernándezlarazon

Sevilla- El descontrol económico por parte de la Consejería de Empleo no sólo se ha producido con las ayudas para prejubilaciones y empresas en crisis –que ha desembocado en la trama de los ERE que ahora investiga un juzgado sevillano– o con el fraude de los fondos europeos –también en procedimiento judicial–. El ex consejero Antonio Fernández, en calidad de presidente del Servicio Andaluz de Empleo (SAE), y el ex delegado en Sevilla de la Consejería, como director provincial del SAE, Antonio Rivas, firmaron al menos en 2007 y 2008 sendas resoluciones para exonerar a entidades beneficiarias de proyectos de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo de «la obligación de justificación en tiempo y forma de las subvenciones concedidas con anterioridad». Entre los beneficiarios figuran ayuntamientos, mancomunidades, organismos autónomos locales, fundaciones, e incluso organizaciones agrarias.

La resolución de exoneración es un claro subterfugio para bordear la legalidad. En las dos resoluciones a las que ha tenido acceso LA RAZÓN, el ex consejero de Empleo y el ex delegado provincial –los dos imputados por la juez Alaya en la trama de los ERE– señalan que la Ley 3/2004 de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras dispone que «no podrá proponerse el pago de subvenciones o ayudas a beneficiarios que no hayan justificado en tiempo y forma las subvenciones concedidas con anterioridad». Sin embargo, la misma ley permite que, «mediante resolución motivada», el «órgano titular de la competencia para la concesión de subvenciones», es decir el SAE, pueda «exceptuar las limitaciones contenidas en este apartado cuando concurran circunstancias de especial interés social, sin que en ningún caso pueda delegarse esta competencia».

En este sentido, el Servicio Andaluz de Empleo apela a que «dentro de los objetivos básicos que debe ejercer la Junta –según el Estatuto de Andalucía– «está la consecución del pleno empleo en todos los sectores de la producción y la especial garantía de puestos de trabajo para las jóvenes generaciones de andaluces». Sin embargo, cuando Fernández y Rivas firmaron la resolución de agosto de 2008, la destrucción de puestos de trabajo avanzaba en progresión aritmética. Contaba con 613.911 parados, 116.605 más que hacía 12 meses y el pleno empleo estaba tan a la mano como ir andando de la Tierra a la Luna.

«La citada prioridad –sigue la resolución– implica por parte de la Consejería de Empleo que se adopten las medidas pertinentes para no impedir las expectativas de creación de empleo realizadas por parte de las entidades promotoras». «La pararalización de las acciones de las Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo a ejecutar por las entidades promotoras de las mismas, con motivo del impago de una subvención ya concedida, supondrá un importante perjuicio social a los destinatarios finales de estas acciones, que son desempleados a los que (...) se pretende insertar en el mercado laboral, por lo que se considera que concurren circunstancias de especial incidencia social», abunda el documento.

De no haber mediado esta exoneración, los ayuntamientos beneficiados deberían haber devuelto el dinero no justificado. La orden del 5 de diciembre de 2006, por la que se regula el programa de las Escuelas Taller de la Junta –que pasó a competencia autonómica en 2003–, recoge en su artículo 34 que «el incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente» es un motivo de reintegro de las subvenciones. Los beneficiarios hubieran tenido que pagar además «un interés de demora desde el momento del pago de la ayuda hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro». En un trámite normal, el SAE transfiere a las entidades promotoras el 75 por ciento en concepto de anticipo. Una vez alcanzada la ejecución del 50 por ciento del proyecto y justificada documentalmente, libra el 25 por ciento restante.

Este periódico preguntó a la Consejería de Empleo si «esta exoneración se sigue produciendo en la actualidad o se ha producido en 2010 y 2011», pero declinó pronunciarse.


ANTONIO RIVAS. Es uno de los «cerebros» de la trama de los ERE - Está imputado por este caso y por la petición de comisiones ilegales en Mercasevilla - Medió para «colar» a dos cuñados en un ERE fraudulento.
ANTONIO FERNÁNDEZ. Está imputado por malversación, prevaricación y tráfico de influencias - Fue beneficiario del ERE de González-Byass, en el que tiene como fecha de antigüedad la de su nacimiento.