Sevilla

El juez deniega la libertad a Samuel

Cree que el imputado aprovechó su conocimiento de los otros testimonios para montar una coartada.

El juez deniega la libertad a Samuel
El juez deniega la libertad a Samuellarazon

Samuel no saldrá en libertad provisional al «permanecer incólumes los indicios de criminalidad» y el riesgo de fuga y de obstaculización de la causa. Así se lo ha comunicado el juez de Instrucción número 4 de Sevilla a las partes, basándose en la primera declaración ante la Policía Nacional del presunto colaborador en la desaparición de Marta del Castillo «bien entrada» la madrugada del 25 de enero, y en su inculpación por parte de Miguel y el menor conocido como «El Cuco».El magistrado argumenta, en un auto al que tuvo acceso LA RAZÓN de Sevilla, que «es paradójico que la defensa analice las declaraciones de varios testigos esgrimiendo una coartada que, acaso por el número de esos testigos, bien pudiéramos calificar de sólida y, sin embargo, se olvide de profundizar en el contenido de su propia confesión, cuando declaró por vez primera como detenido con asistencia letrada ante la Policía Judicial, como también de analizar las declaraciones de otros coimputados, sea de Miguel, sujeto a este proceso, sea del menor, sometido a la jurisdicción de menores».Francisco de Asís Molina subraya que «debemos recordar siempre que nos encontramos ante personas que una vez dieron muerte a la menor Marta se encargaron de hacer desaparecer su cuerpo y de proporcionarse premeditadamente cuantas coartadas tuvieron a su alcance para evitar ser descubiertos».El documento judicial señala, además, que la declaración autoinculpatoria «fue corroborada por los coimputados». «Debería haber explicado Samuel una razón lógica y coherente que le hubiera llevado» a realizar una confesión de este tipo, «y lejos de hacerlo –continúa el auto– justificó el cambio de declaración en circunstancias peregrinas (amenazas de causarle mal a su familia y una agresión policial que, de forma insólita, se habría producido después de haber declarado al dictado de la propia Policía y en presencia de su abogado)». El juez argumenta que la realidad es que «una vez que Samuel hubo declarado ante la Policía admitiendo su participación tuvo conocimiento, antes de su declaración a presencia judicial, del contenido de las declaraciones de Miguel y del menor, encontrándose con que durante las horas en que ellos situaban los hechos él se encontraba en Montequinto». Molina subraya que Samuel situó en el tiempo su participación «bien entrada la madrugada del día 25, haciendo inútiles sus postreros intentos» de coartada.El auto descarta «de raíz» que el cuerpo de Marta fuera sacado a la hora que afirma Miguel –entre las 20:30 y las 21:15– «para exculpar a su hermano y a María» (también imputados en la causa) y señala que el hecho de que varios testigos aseguren haber visto a dos personas empujando una silla de ruedas con una alfombra en torno a las 2:00 «no puede llevarnos a la certeza de que lo sacaran a esa hora».La inculpación que sus amigos hacen sobre Samuel es otro de los motivos esgrimidos por el juez para denegar su libertad, reforzado por la credibilidad del careo con Miguel. Además, el hecho de que Carcaño no esgrima motivos coherentes para haber imputado a su amigo resta credibilidad a la posterior exculpación. «No es sensata su autoinculpación»sevilla- El auto del magistrado señala que «no es infrecuente que un imputado, después de confesar ante la Policía su intervención en los hechos, niegue ante el juzgado los términos de su inicial declaración». Y recuerda que la rectificación «no debe impedir, necesariamente, su eficacia para ser valorada en detrimento de la presunción de inocencia si esa confesión inicial es la que resulta creíble y viene corroborada por otras pruebas». El axioma es evidente, según el juez: «No es sensato pensar que una persona que nada tuvo que ver en la desaparición de la víctima se autoinculpe admitiendo que colaboró a sacar su cuerpo del inmueble en cuyo interior le había dado muerte Miguel», según la primera declaración de Samuel, realizada ante la Policía Judicial. Desmontando una mentiraEl juez señala que «la declaración de Samuel ofrece varias claves», entre ellas, «una esencial relativa a la delimitación temporal de su participación en los hechos que tiene la virtualidad de neutralizar la coartada que su defensa pretende extraer de la declaración de esos testigos». Añade que la posición de los imputados por las antenas repetidoras de los móviles carece de «certeza absoluta por un evidente margen de error a la vista de los informes incorporados al proceso». Molina añade que «no debemos olvidar que los imputados manejaban varias líneas, y que en momentos coétanos a su acción criminal utilizaron teléfonos de terceros o cabinas públicas».