Audiencia Nacional

El Supremo corrige a la Audiencia y revoca la ilicitud de la editora de «Egin»

El Alto Tribunal rebaja las penas a 37 de los 47 condenados por la Audiencia y absuelve a otros nueve.

El Tribunal Supremo rebaja la condena a 37 de los 47 condenados en el caso EKIN y absuelve a 9
El Tribunal Supremo rebaja la condena a 37 de los 47 condenados en el caso EKIN y absuelve a 9larazon

El Tribunal Supremo ha rebajado las penas de 37 de los 47 condenados del «caso Ekin» –entre ellos Xabier Alegria y Elena Beloki–, y ha absuelto a otros nueve procesados. Pero, además, ha dejado sin efecto la declaración de ilicitud de Orain, la empresa editora del diario «Egin», clausurado por orden del juez Baltasar Garzón. En una sentencia de más de 1.000 folios, la Sala de lo Penal del Alto Tribunal recuerda a las acusaciones,(la Fiscalía y la Asociación de Víctimas del Terrorismo) que no solicitaron expresamente al tribunal que se declarase a Orain organización terrorista o asociación ilícita, paso ineludible para decretar después la disolución de la sociedad.Eso sí, el Supremo mantiene las declaraciones de ilicitud de KAS y EKIN (el «aparato político» de ETA) y XAKI («aparato internacional»), a las que la Audiencia consideró las «entrañas» de la banda terrorista. En este caso, recalca la Sala, sí se solicitó por parte de las acusaciones que se declarase su ilicitud.Para justificar las absoluciones de nueve de los condenados en el juicio contra el entorno político, mediático e internacional de la banda terrorista, los magistrados hacen hincapié en que «no basta» demostrar que el acusado «piensa de una determinada manera, o que contacta o se relaciona con otros de la misma o similar ideología». Es necesario, añaden, «probar al menos que ha decidido pasar a la acción».En cuanto a Orain, afirma que «no puede discutirse» que realizó una ocultación de bienes para «descapitalizar» la sociedad, una actuación que «supone la colaboración con la banda armada». «Cuarto frente mediático»El Supremo recalca que tanto EKIN como KAS y XAKI «son terroristas», porque «tanto a nivel político y social como penal se deben identificar como organizaciones terroristas a ETA con todas estas organizaciones o asociaciones que, coordenadas y bajo los designios de ETA, complementan en distintos ámbitos la estrategia de la organización hegemónica». Además, añade, la prueba analizada por los magistrados del Supremo «pone de manifiesto la estrecha relación entre los recurrentes (los responsables de Orain) y la organización» terrorista. Y es que el Alto Tribunal afirma que los miembros del consejo de Administración de Orain y Ardantza y la subdirectora de «Egin» intervinieron en la «generación, mantenimiento y utilización por ETA del denominado "cuarto frente mediático"». Del mismo modo, niega que la actuación de los recurrentes –supeditando sus decisiones «al comité ejecutivo de ETA»– pueda ampararse en la libertad de expresión.«Cuarto frente mediático»El Supremo mantiene que los delitos por los que han sido condenados los consejeros de Orain (falsedad, fraude e insolvencia) no prevén la aplicación de la ilicitud de la sociedad, que tampoco se solicitó por las acusaciones. Pese a ese desliz jurídico, la Audiencia Nacional declaró en la sentencia la ilicitud de la empresa editorial. Pero la decisión del tribunal no tendrá, según explicaron fuentes jurídicas, consecuencias prácticas, dado que todos los bienes de Orain están embargados para hacer frente al fraude a la Seguridad Social que sí ha sido acreditado.El mayor beneficiado de la rebaja de condenas es José Luis Elkoro, ex presidente de Orain (su condena a 24 años de cárcel se queda en ocho). Xabier Alegria (de 18 a 12 años y 9 meses) y Elena Beloki (de 13 a ocho años y medio) son otros de los que han visto reducida la pena.