Ministerio de Justicia
El TS denuncia que Garzón ocultó 203000 dólares
El TS remite al CGPJ los documentos recibidos de la Universidad de Nueva York donde se informa de lo que cobró el juez.
madrid- El Consejo General del Poder Judicial investigará si el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón ocultó unos ingresos de 203.000 dólares que percibió de la Universidad de Nueva York, en concreto del Centro Rey Juan Carlos I de España y del Centro de Derecho y Seguridad, entre marzo de 2006 y noviembre de 2006, tiempo del que disfrutó de una «licencia de estudios» y durante el cual mantuvo la totalidad de sus retribuciones como magistrado. Estos datos se recogen en el auto del Tribunal Supremo por el que se inadmite de plano la querella interpuesta por el abogado Antonio Panea contra el magistrado, a quien acusaba de haber recibido 1,7 millones de dólares de una entidad bancaria por la presentación de un ciclo de conferencias dadas en esos meses para posteriormente archivar en la Audiencia la querella que interpuso Rafael Pérez Escolar contra esa misma entidad financiera.El Supremo remite la documentación al Consejo por si esos hechos pudiesen constituir una falta muy grave relacionada con «faltar a la verdad en la solicitud de obtención de permisos, autorizaciones, declaraciones de compatibilidad, dietas y ayudas económicas». Las faltas muy graves están sancionadas con suspensión de hasta tres años, traslado forzoso e incluso separación de la Carrera Judicial.En este sentido, en la resolución de la Sala Penal del Tribunal Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Luciano Varela, se destaca cómo Garzón, en diciembre de 2004, cuando presentó ante el CGPJ la instancia para obtener la correspondiente «licencia», no aludía en ningún momento a que iba a percibir cantidad alguna del centro universitario. Al contrario, señalaba que «no existe cantidad alguna acordada con la New York University sobre remuneración específica», y que sólo estaba gestionando que se hiciera cargo de «los gastos de desplazamientos, vivienda y mantenimiento personal y familiar durante el período mencionado», que, en esa ocasión, era de enero a junio de 2006.Posteriormente, en noviembre de 2005, cuando presentó la prórroga de la solicitud de licencia, tampoco en esa ocasión realizó «advertencia alguna sobre la naturaleza y cantidad de los ingresos percibidos y gastos que le fueron satisfechos».Además, no hay ningún dato, añade el Supremo al respecto, que indique que el Consejo permitiese a Garzón compatibilizar esa licencia de estudios con la docencia retribuida «y menos aún que tomase conocimiento de los importes de dicha retribución, como concepto diverso al de indemnización de gastos».Tres partidas distintasSin embargo, el Alto Tribunal evidencia que Garzón sí cobró diversas cantidades de la universidad americana, en tres partidas distintas que suman 203.000 dólares. Así, en primer lugar, el Centro Rey Juan Carlos I de España «asumió el pago de gastos de viaje por 21.152 dólares y la escolarización de la hija» del magistrado en la Escuela Internacional de Naciones Unidas, «por un importe de 21.650 dólares».Pero, además, Baltasar Garzón entró «en nómina» en la Universidad de Nueva York, donde impartía clases los martes en el Centro de Derecho y Seguridad, y se encargó de la organización de los «Diálogos Transatlánticos» y «Seguridad Jurídica», seminarios en los que desempeñó la función de coordinador y moderador de esos coloquios. Por ese concepto, «no percibió retribución alguna», ya que «al haber "entrado en nómina"no podía, según la certificación aportada, percibir cantidad alguna por participar en actividades en la citada universidad». El total de lo abonado por el Centro Derecho y Seguridad de la Universidad de Nueva York a Garzón, «en concepto de sueldo», fue de 160.333,14 dólares.Ante estos hechos, afirma con contundencia el Supremo, «no puede ignorarse» que las instancias que presentó Garzón al CGPJ «no comunicaron la percepción de sueldo a través de nómina, limitándose a hacer referencia a sufragios de gastos». Pero, además, entiende que esos 203.000 dólares «pudieran exceder los límites fijados» en la Ley «para el supuesto de actividades autorizadas para su compatibilidad con el cargo público» que Garzón desempeña. «Incluso dando por supuesto que la licencia conllevase implícita tal compatibilidad».No hay delitoEsta situación, cabe estimarse, concluye la Sala en este punto, «como determinante de consecuencias jurídicas» que no corresponde dilucidar al Supremo, sino al CGPJ, ya que podría encuadrarse en el precepto que sanciona como falta disciplinaria muy grave «faltar a la verdad en la solicitud de obtención de permisos, autorizaciones, declaraciones de compatibilidad, dietas y ayudas económicas». Sin embargo, la Sala rechaza de plano que el juez haya incurrido en los delitos de cohecho y prevaricación, tal y como sostenía el abogado querellante, y que el dinero que percibió el magistrado procediese de los 302.000 dólares que entregó el banco como patronazgo al Centro Juan Carlos I Rey de España y que fueron destinados a los dos seminarios citados.«Cuando la universidad americana invita» a Garzón, se afirma en este punto, «no consta que ese patronazgo estuviese decidido», y «no cabe decir que la entrega lo fuese con la finalidad de dictar resolución de contenido determinado–archivo– en relación con la querella interpuesta por Rafael Pérez Escolar, ya que ésta interposición es posterior a aquel patrocinio». Y tampoco, concluye el auto, que el juez fuese la «causa» de la «generosa aportación bancaria» a la universidad.
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