Brexit

Soy español, ¿qué debo saber sobre el Brexit?

Los ciudadanos españoles que posean un permiso de residencia permanente en Reino Unido tendrán que solicitar el estatus de asentado permanente

Banderas de Reino Unido y España en Londres
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Este viernes los británicos, y más concretamente Boris Johnson, verán cumplidos uno de sus mayores deseos, el Brexit, desde que en 2016 se produjese el primer y único referéndum por la permanencia o la salida de Reino Unido de la Unión Europea. Sin embargo, éste no será un proceso sencillo, y es que al Gobierno de Johnson le queda un largo camino por recorrer, con unas negociaciones sobre las relaciones futuras con los 27 estados miembros que se antojan casi tan complicadas como las que fueron necesarias para conseguir un acuerdo de salida.

La Unión Europea es una asociación política y económica y los actos de un estado miembro tendrán repercusión de forma directa o indirecta para el resto de naciones . Por lo tanto, España se verá afectada también por la marcha de Reino Unido. Ahora bien, lo que resta por dilucidar es de qué manera o en qué medida los ciudadanos españoles, tanto los que residen allí como los que viven en España, sufrirán las consecuencias del Brexit.

¿Qué debo hacer si actualmente resido en Reino Unido?

Todo aquel ciudadano español que quiera vivir en Reino Unido después de que se haga efectivo el Brexit deberá pasar por un procedimiento llamado “EU Settlement Scheme” (estatus de asentado permanente europeo), cuya fecha límite es el 30 de junio de 2021. Esto en efecto se trata de un permiso o visado de residencia que se expedirá específicamente para ciudadanos de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo (incluyendo a Islandia, Liechtenstein y Noruega) y en último lugar, Suiza. Actualmente hay alrededor de 200.000 españoles residiendo en Reino Unido.

Aquellos ciudadanos españoles que posean un permiso de residencia permanente tendrán que solicitar el “EU Settlement Scheme” sin necesidad de demostrar que han vivido en Reino Unido durante más de cinco años. En el caso de poseer el permiso de residencia permanente, cabe otra posibilidad, que es la de solicitar la nacionalidad británica.

Por otro lado es posible que un ciudadano español posea el IRL (permiso indefinido para entrar o permanecer), en cuyo caso no es necesario solicitar el EU Settlement Scheme. Si decide solicitarlo (y cumple todas las demás condiciones), obtendrá un “permiso indefinido para permanecer en el régimen de liquidación de la UE”, también conocido como estatuto de liquidación. Esto quiere decir que debería poder pasar hasta 5 años seguidos fuera del Reino Unido sin perder su estatus de residente (en lugar de los 2 años requeridos actualmente con el permiso indefinido para entrar o permanecer que tiene ahora).

En conclusión, el Ministerio del Interior británico otorga dos tipos de estatus, dependiendo del tiempo de permanencia. El primero de ellos es el permiso de residencia indefinido (settled status) para aquellos ciudadanos que han vivido allí durante más de cinco años. En segundo lugar se encuentra el permiso de carácter temporal (pre-settled status) para aquellos que vayan a residir allí por un periodo inferior a un lustro, pudiendo llegar a solicitar el permiso de residencia indefinida si se supera este periodo de cinco años.

De igual manera, se debe presentar la solicitud aunque se trate de un miembro de la familia de un ciudadano de la UE, del EEE o suizo, que ostenta el permiso de residencia indefinido o tiene el permiso indefinido para entrar o permanecer, y por lo tanto no necesitaría presentarla.

Por último también podrá solicitar el “EU Settlement Scheme” si su situación es una de las siguientes:

  • Tiene un familiar de la UE, del EEE o de Suiza viviendo en el Reino Unido (pero se ha separado, o ha muerto).
  • Es miembro de la familia de un ciudadano británico y vivieron juntos fuera del Reino Unido en un país del EEE.
  • Es familiar de un ciudadano británico que también tiene la ciudadanía de la UE, el EEE o Suiza y que vivió en el Reino Unido como ciudadano de la UE, el EEE o Suiza antes de obtener la ciudadanía británica.
  • Es el principal cuidador de un ciudadano británico, de la UE, del EEE o suizo.
  • Es hijo de un ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza que vivía y trabajaba en el Reino Unido.

¿Y si quiero irme a vivir a Reino Unido ahora?

En el caso de que se vaya a vivir antes del 31 de diciembre de este año tendrá las mismas condiciones que los que se encuentran allí actualmente, debiendo de registrarse según los procedimientos indicados previamente. Durante este próximo año el Gobierno británico anunciará cuáles serán los requisitos necesarios para los españoles que deseen mudarse a partir de 2021.

¿Podré reagrupar a mi familia una vez efectuado el Brexit?

La respuesta es afirmativa, pero sólo en casos específicos. Un ciudadano español podrá reagrupar a un miembro de su familia si se trata de su cónyuge, su pareja de hecho, su padre, su hijo o nieto (si son menores de 21, o mayores de 21 pero dependientes), y sus abuelos si son dependientes. A pesar de todo lo anteriormente citado, el requisito más importante es que la relación que los une estuviese establecida antes del 31 de diciembre de 2020.

Si soy un estudiante español, ¿qué tengo que hacer?

Los estudiantes españoles que estén estudiando actualmente en Reino Unido o vayan a comenzar a estudiar allí tras el Brexit, no necesitarán solicitar el permiso de residencia, siempre y cuando finalicen sus estudios y vuelvan a España antes del 31 de diciembre de 2020. En ese caso, será suficiente con tener el pasaporte en regla. Por otro lado Reino Unido continuará participando en el programa Erasmus + hasta el 31 de diciembre de 2020, e incluso está abierto a seguir manteniendo su participación como miembro del citado programa. La UE y Reino Unido negociarán este aspecto dentro del marco de sus relaciones futuras, una vez llevado a cabo el Brexit. Los últimos datos de la embajada británica en Madrid señalan que 12.800 estudiantes españoles cursaron sus estudios en universidades británicas en el año académico 2017-2018.

¿Qué documentos necesitaré para viajar a Reino Unido? ¿Podré conducir allí con mi carnet actual?

Hasta el momento si se posee el DNI español o cualquier otro de un Estado miembro de la Unión Europea, podrá entrar y salir libremente de Gran Bretaña, siempre y cuando esté en vigor y la estancia sea un periodo inferior a tres meses. Los españoles podremos utilizar nuestro carnet de conducir europeo para circular por las calzadas británicas. Aquellos que viven en Reino Unido y que se mudaron allí siendo menores de 67 años podrán seguir conduciendo con un carnet de conducir emitido por un Estado miembro sin cambios hasta los 70 años. Si en cambio se trasladó siendo mayor de 67 años, podrá seguir usando su carnet de conducir europeo hasta un máximo de 3 años.

¿Y las empresas?

Tanto las empresas españolas como británicas podrán seguir comerciando entre ambas naciones del mismo modo que hasta ahora, sin ningún tipo de barrera comercial. El tipo de relación comercial futura depende del acuerdo al que lleguen Reino Unido y la Unión Europea. Un total de 700 empresas británicas invierten en España, mientras que son 400 las empresas españolas registradas en Gran Bretaña.

¿El Brexit y mi pensión son compatibles?

Que no cunda el pánico, los periodos cotizados por españoles en el Reino Unido serán tenidos en cuenta a la hora de calcular el derecho y el importe de la pensión. Si ya se está cobrando la pensión, durante el periodo transitorio, las pensiones seguirán siendo satisfechas de acuerdo con el principio de exportabilidad previsto en la normativa europea vigente.