Administración Pública
Combatir la obesidad «imponiendo» obligaciones públicas a entes privados
El consejo de defensa de la competencia advierte a la Junta de que el fomento de la vida saludable corresponde a las administraciones
El consejo que defiende la competencia advierte a la Junta de que el fomento de la vida saludable corresponde a las administraciones
Poner palabras, quitarlas. Elaborar una ley, sobre todo si nace con vocación innovadora, es una tarea compleja. La Junta lo pretende con la que prepara para la Promoción de una Vida Saludable y una Alimentación Equilibrada en Andalucía. Busca, entre otras cuestiones, combatir una obesidad cuyo índice se duplicó en la comunidad en poco más de una década.
En el banquete interminable de gestiones que acumula el proyecto normativo desde hace más de un año, el Gobierno autonómico, en concreto la Consejería de Salud que ahora dirige Marina Álvarez, solicitó al Consejo de Defensa de la Competencia regional, dependiente de la Consejería de Economía, que emitiera el correspondiente informe preceptivo sobre aquél. El órgano lo ha hecho. En el documento de 39 páginas, consultado por LA RAZÓN, se subrayan «los beneficios pretendidos» del mismo ligados a «la necesidad de proteger la salud pública de la población» y, en especial, «de los colectivos más vulnerables, con base en una razón imperiosa de interés general». Dicho lo cual, se expone una hilera de consideraciones sobre el texto analizado. Entre ellas se incluye que algunas de las actuaciones propuestas en la ley «se exigen a los operadores económicos, a pesar de tratarse de obligaciones que competen a los organismos públicos». ¿A qué se refiere el consejo? Se fuerza, por ejemplo, a las empresas responsables de las máquinas expendedoras en espacios públicos autorizados a «instalar y mantener una fuente de agua potable», así como a «controlar el cumplimiento» del anteproyecto normativo «a través del etiquetado de los alimentos comercializados». Un requerimiento, el último, que se extiende a los encargados del abastecimiento y del servicio de «cantinas, bares, quioscos o similares» ubicados en centros educativos –todo ello en los artículos 20.2 y 12.5–.
En la misma línea, en otro punto de la norma –artículo 14.2– se establece que «las personas físicas y/o jurídicas responsables de los espacios de ocio, en el marco de la responsabilidad social por la salud definida» en la «Ley 16/2011, de 23 de diciembre», tendrán que promover «acciones» dirigidas a «favorecer las opciones más saludables en los menús de los restaurantes, comedores colectivos en los casos existentes, así como en los alimentos que se suministren en las bolsas de pic-nic, en las cantinas y máquinas expendedoras de alimentos y bebidas». A ello se suma el fomento del «uso de escaleras como alternativa al desplazamiento en ascensores o escaleras mecánicas» en los lugares de esparcimiento y, otra vez, «el acceso gratuito al agua potable» mediante la colocación de fuentes «accesibles, en número suficiente y fácilmente identificables».
El ente de defensa de la competencia anota además que en el anteproyecto «se hace referencia a medidas para fomentar la vida activa y la alimentación saludable de los clientes de los espacios de ocio infantil y juvenil», con lo que «se está imponiendo nuevamente una carga económica a tales operadores». Pero hay posiciones que no son intercambiables y vuelve a recordar a la Junta que «el fomento de la salud en las personas es competencia de los diferentes organismos o administraciones públicas». «En Andalucía –añade–, la ordenación y ejecución de las medidas destinadas a promover la salud pública en todos sus ámbitos, incluida la sanidad alimentaria, es una competencia compartida entre el Estado y la consejería con atribuciones en materia de salud» –lo marca el artículo 55.2 del Estatuto de Autonomía–. Por tanto, también en este caso se estaría extrapolando una responsabilidad pública a los agentes económicos», se recalca. Y hay otro apartado del embrión legislativo que tampoco convence al consejo vinculado a la promoción de la actividad y la alimentación saludable en los centros de trabajo. De no modificarse, la futura ley instará a «acondicionar espacios apropiados para facilitar el uso de la bicicleta como medio de acceso» –artículo 15.2–. Si bien, en el informe desgranado por este diario se sostiene que las áreas adecuadas para bicicletas deberían «procurarse en la vía pública», proporcionándolas «las administraciones andaluzas», y no trasladar ese deber a los centros de trabajo. «Y menos aún –se apostilla–, constituir un motivo para la concesión de algún tipo de ventaja a aquellas empresas que lo proporcionen, en detrimento de las que no puedan hacerlo». En definitiva y a juicio del consejo, la Junta habría de replantearse «el análisis de los preceptos cuestionados desde la perspectiva del principio de proporcionalidad».
Junto a todo lo anterior, la norma prevé la creación de una comisión hilvanada a ella de la que formarán parte, entre otros, representantes de los agentes económicos y cuyas funciones comprenderán la elaboración de informes con el fin de promover la formulación de políticas generales. Pero para el consejo, de acuerdo a la legalidad vigente, «no estaría justificada la participación de agentes económicos en órganos colegiados que asesorarán a la Administración pública para la toma de decisiones» que, de manera directa o indirecta, «pudieran intervenir y afectar a sus propios competidores en el mercado». Aboga por que se fulmine esa opción.
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