ERE

El Tribunal de Cuentas cerca «el gran fraude» sin excluir «el gran plan»

Condena a Márquez al pago de 470.000 y 380.000 euros de las ayudas a Valeo y Nueva Lima y cuestiona las transferencias para evitar la Intervención

Los ex presidentes andaluces Manuel Chaves (i) y José Antonio Griñán (c), saludan al ex consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico entre 2000 y 2004, José Antonio Viera (d), en la sala la Audiencia Provincial de Sevilla donde se celebra el juicio por la pieza política del caso ERE, en el que están procesados 22 ex altos cargos de la Junta de Andalucía
Los ex presidentes andaluces Manuel Chaves (i) y José Antonio Griñán (c), saludan al ex consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico entre 2000 y 2004, José Antonio Viera (d), en la sala la Audiencia Provincial de Sevilla donde se celebra el juicio por la pieza política del caso ERE, en el que están procesados 22 ex altos cargos de la Junta de Andalucíalarazon

Condena a Márquez al pago de 470.000 y 380.000 euros de las ayudas a Valeo y Nueva Lima y cuestiona las transferencias para evitar la Intervención

El rescate que el Imperio Inca pagó a Pizarro por Atahualpa –más de 6.000 kilogramos de oro y el doble de plata– se estima como el más caro de la historia. El Tribunal de Cuentas, sentencia a sentencia, va, por un lado, acotando la cuantía del fraude de los ERE y, por otro, pasando de limitar la responsabilidad contable al escalón de los ex directores generales a cuestionar –introduciendo críticas al sistema de transferencias de financiación– la argumentación del ex presidente Griñán ante el Supremo: «No hubo un gran plan pero sí hubo un gran fraude». En la Audiencia de Sevilla se retomará el 12 de febrero la causa sobre el llamado «procedimiento específico» que mantiene en el banquillo a una veintena de ex altos cargos de la Junta, entre ellos, el ex presidente Chaves y el citado Griñán para dirimir hasta dónde llega la responsabilidad penal, si la hubiera, de todos ellos. La tercera fase de la Instrucción del Tribunal de Cuentas se centra en las ayudas sociolaborales y va dejando un goteo de sentencias. El pasado lunes, LA RAZÓN ya informó de la condena al ex director general de Trabajo Juan Márquez Contreras al pago de las ayudas de Calderinox –168.000 euros– y Saldauto –200.000–. Dos nuevas sentencias condenan ahora a Márquez Contreras a hacer frente a las ayudas de Valeo Iluminación –casi 470.000 euros– y Nueva Lima –más de 380.000 euros– y ponen en entredicho la utilización de las transferencias como subterfugio para salvar la fiscalización de la Intervención.

En un auto al que accedió este diario se explica que Valeo Iluminación «con fecha 16 de febrero de 2008» presentó «un escrito en la Junta manifestando» que «en relación a la conversación mantenida» con Juan Márquez informaba del importe de los diferentes convenios que solicitaba. El 13 de enero de 2009, Márquez aprueba «una ayuda sociolaboral específica a los ex trabajadores de Valeo Iluminación incluidos en el ERE 20/2003, por el montante de 428.787 euros». El mismo 13 de enero se suscribe un convenio entre la Dirección General de Trabajo e IDEA para que ésta haga frente al pago a través de la partida 31L, el conocido como «fondo de reptiles».

El Tribunal de Cuentas cita en su auto el informe de la Cámara de Cuentas que alertaba de «graves irregularidades» en la concesión de las ayudas a las empresas. El órgano fiscalizador cifra en 468.729,70 euros el menoscabo de fondos públicos con los intereses ya incluidos. Valeo alegó que cualquier responsabilidad estaría ya prescrita. El Tribunal de Cuentas señala que al ser informada la entidad del requerimiento de información en el informe de la Cámara de Cuentas, el plazo de prescripción quedó interrumpido. Asimismo, se recuerda que existe un procedimiento penal que se inició «antes de que transcurriese el plazo de prescripción de los cinco años que la ley prevé para las responsabilidades contables».

«Las actuaciones ponen de manifiesto asimismo que el pago a que se refiere la demanda carece de justificación, ya que se trata de un pago que ha de considerarse carente de cobertura legal, al haberse realizado sin cumplir los requisitos ni seguir los procedimientos establecidos en la legislación reguladora de subvenciones y ayudas públicas». El Tribunal de Cuentas explica que «pese a lo que se señala» en el convenio «no hay constancia alguna de que se haya solicitado formalmente esta ayuda, ni que la Dirección General de Trabajo haya realizado análisis alguno de la situación económica de la entidad Valeo Iluminación o de la merma económica que sufrieron sus ex trabajadores, como tampoco existe resolución adoptada de forma expresa concediendo la referida subvención». Por no haber, explica el auto, no existe ni «constancia de que los fondos fuesen posteriormente transferidos a los trabajadores» tras ingresarlos en la cuenta de la empresa. Para el órgano fiscalizador se trata de «una salida injustificada de dinero público». «La actuación de la Dirección General de Trabajo fue tan abierta y groseramente ilegal que ninguna confianza legítima merecedora de protección pudo generar en la empresa perceptora de los fondos, quien si no fue consciente de la ilegalidad de la actuación administrativa, hubiera debido serlo si hubiera desplegado la mínima diligencia exigible», señala el auto. Por todo ello, se condena a Márquez y a Valeo al reintegro.

Por su parte, el caso de Nueva Lima se divide en tres ayudas con fechas de enero, febrero y marzo de 2010 y por importe de 81.272,74, 214.806,51 y 53.004,53 euros. El procedimiento fue similar al desarrollado en el caso anterior, haciéndose cargo IDEA del pago. En total, cerca de 350.000 euros. El Tribunal de Cuentas señala que «existe una apariencia de procedimiento ajustado a las previsiones de la legislación», pero «la coincidencia de fechas, en los tres casos, de la solicitud, la ‘memoria justificativa’, la resolución de concesión y la orden de pago (y hasta el pago mismo, en alguno de los casos) indica que en realidad no hubo un procedimiento administrativo regularmente tramitado» sino «un mero artificio para intentar dar apariencia de legalidad a unas disposiciones de dinero público en favor de una empresa privada previamente decididas sin seguir los procedimientos ni respetar las garantías legalmente establecidos». El Tribunal de Cuentas condena a Márquez y a la empresa Nueva Lima al reintegro de los casi 350.000 euros más los intereses, que superan los 32.000.

Destaca, asimismo, de este auto del Tribunal de Cuentas el varapalo a los órganos fiscalizadores de la Junta: «Constituye finalmente una irregularidad relevante la omisión de fiscalización previa por parte de la Intervención General de la Junta de la concesión y pago de las ayudas». Citando el informe de la Cámara de Cuentas, se explica que «los créditos del programa 31L que eran créditos destinados a subvenciones en realidad se tramitaron como transferencias de financiación a IDEA». «Como consecuencia», las cantidades «quedaron al margen del control previo de la Intervención» al no estar IDEA sometida a este examen previo. Con estos datos y antecedentes, es la Audiencia la que debe decidir si, aparte del «gran fraude» que reconoce Griñán, en el «caso ERE» hubo también «un gran plan».