Política

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El TSJA obliga a la Junta a pagar el mes de agosto a las guarderías

El alto tribunal insta a los centros a reclamar la deuda de forma particular y no de forma colectiva. La Coordinadora de Escuelas Infantiles de Andalucía recurre al Supremo para poder canalizar las ayudas

Los recortes en las ayudas para la educación Infantil y los cambios normativos sacaron al colectivo a la calle
Los recortes en las ayudas para la educación Infantil y los cambios normativos sacaron al colectivo a la callelarazon

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha fallado en relación a la demanda interpuesta por la Coordinadora de Escuelas Infantiles de Andalucía (CEI-A) contra la Junta en la reclamación del pago de las cantidades correspondientes a la mensualidad de agosto de 2012, tras la eliminación de este abono, y las diferencias de los comedores que superaron el 75% del aforo –sobre las que ha venido informando LA RAZÓN–, reconociendo la obligación de la Administración autonómica de costear estas cantidades.

«El fallo dice en los fundamentos de derecho que la Junta tiene la obligación de hacer efectivo ese pago y deja la puerta abierta a que los centros sean quienes lo pidan», señalaron a este diario fuentes de la coordinadora. «A nivel de patronal vamos a reclamarlo, aduciendo nuestra representatividad, porque si no los más de mil centros tienen que reclamarlo uno a uno y se puede eternizar para ellos. La sentencia nos deniega la representatividad y eso lo vamos a pelear en instancias superiores», señalaron las mismas fuentes.

El TSJA establece el abono, según fuentes de la Coordinadora de Escuelas Infantiles de Andalucía, de «tanto la paga de 2012 como las diferencias por la ocupación del comedor: cuando se superaba el 75% de las plazas, que se pagaba íntegro». El fallo considera que se dan los presupuestos para entender que la administración demandada está obligada a realizar estas prestaciones.

Aquel acuerdo de 2012 nada tiene que ver con el que ha estado vigente en los últimos cinco años, que establecía mil euros por aula para compensar el cierre de los centros en agosto. Un pacto que la Consejería de Educación también ha incumplido al negarse a abonar la correspondiente al curso pasado y que los afectados cifraron en cinco millones de euros.

Desde la CEI-A concretan que las compensaciones hasta 2012 se calculaban en función del alumnado y de las bonificaciones a las que tenían derecho en función de su renta. Esto provocaba que en medios rurales o zonas desfavorecidas socialmente pudieran llegar a 12.000 euros –basándose en un centro con tres unidades, una por curso–. La media en zonas urbanas era de seis mil euros por tres aulas, el doble de lo que se acordó posteriormente.

La cuantía global que adeuda la Junta «es complicado de calcular», asegura la coordinadora, aunque como mínimo duplica los cinco millones actuales.

Este modelo ha vuelto a sufrir un cambio tras el decreto que modificaba las condiciones para concertar centros. «Ahora han creado la figura de los gastos de gestión, que es más difusa, fijando una cantidad por alumno», explican. La propuesta de la Consejería de Educación es aumentar la cuantía durante los primeros cinco años para amortizar el impago del curso pasado. La coordinadora ha pedido a la administración que el mínimo se establezca en 1.300 euros para que en pocos años se pueda recuperar la compensatoria perdida.

Las patronales se han mostrado en contra de esta fórmula, que continuará negociándose en la Mesa de Educación Infantil convocada para el jueves 9 de noviembre. «A quien no tenga las aulas llenas no le compensa. No estamos de acuerdo y vamos a seguir peleando», explicaron.

«La justicia nos da la razón», señala la asociación. «¿Os acordáis de la paga de agosto de 2012 que la Consejería de Educación dejó colgada a las escuelas infantiles? ¿La dabais por perdida?», pregunta la Coordinadora de Escuelas Infantiles en un vídeo explicativo a sus afiliados. La entidad demandó a la Junta por «el impago de las cantidades correspondientes a la mensualidad de agosto de 2012 y las diferencias de los comedores que superaron el 75% del aforo?». La coordinadora denunció a la Junta por «el incumplimiento del acuerdo del 20 de junio de 2011 entre la Consejería de Educación y diversas entidades, entre ellas la recurrente, para la prestación de los servicios públicos en el primer ciclo de Educación Infantil». En concreto, «se reclamaba el abono de la paga de agosto y las diferencias de los comedores que superaron el 75% del aforo». Según explicó la coordinadora, «el TSJA reconoce la obligación de la consejería de abonar el mes de agosto de 2012 y las cantidades correspondientes del comedor». Dicho acuerdo es, a juicio de la sala, un antecedente válido y, por tanto, «título generador de obligaciones de la Administración» para los titulares de los centros que acrediten la concurrencia de los requisitos exigidos para percibir las prestaciones por el mes de agosto y el comedor.

«Según la sentencia, sí se dan, a juicio de este tribunal, los presupuestos para entender que la Administración demandada está obligada a realizar estas prestaciones a los centros que acrediten los requisitos exigidos para recibir estas cuantías». Tras el fallo, la Coordinadora de Escuelas Infantiles trasladará la petición «a instancias judiciales superiores –ha recurrido al Tribunal Supremo y está dispuesta a llegar al Constitucional– y defendemos nuestra representatividad para canalizar el pago a nuestras escuelas asociadas», ya que la sentencia no reconoce la legitimidad de la coordinadora para canalizar estas ayudas, en un defecto de forma según el cual consideran que deben ser los propios centros, y no la patronal, los que pidan el abono.