Sevilla
El TSJA suspende una encomienda de la Junta al instituto de patrimonio
CSI-F inició 13 procesos judiciales por traspasos de tareas a entes empresariales en 2012
SEVILLA- La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con sede en Sevilla ha otorgado una medida cautelar solicitada por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F) en un auto notificado el 26 de febrero. ¿Qué pretendía el sindicato? La suspensión de la Orden de 1 de octubre de 2012, por la que se encomendó la realización de determinadas actividades de carácter material y técnico al Instituto Andaluz de Patrimonio Histórico (IAPH), una agencia pública empresarial dependiente de la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta.
Actuaciones técnicas de diversa índole entre las que se encuentran la «elaboración de hasta setenta informes que evalúen técnica y científicamente planes, programas, proyectos de investigación y/o intervención, además de sus resultados, en materia de patrimonio arqueológico, etnológico, patrimonio paleontológico y paleobiológico»; la «realización de hasta diez estudios previos, con propuestas de intervención y de tratamientos, para la conservación del patrimonio histórico»; o la «redacción de hasta tres proyectos de conservación, y para actuaciones museográficas y de valorización patrimonial». Trabajos a llevar a cabo con «medios propios» del IAPH.
Si bien, el TSJA entiende que no se puede obviar «la posibilidad de que el objeto de la encomienda cuestionada se extienda a funciones de control y seguimiento que no pueden resultar ajenas al desempeño de funciones públicas». Un «riesgo» a tener en cuenta, dado «el ámbito y alcance» de la delegación de tareas que enfrentó a CSI-F y a la Consejería en los juzgados. En ese sentido, los magistrados del Alto Tribunal regional estiman que ese peligro «debe llevar necesariamente a concluir en la suspensión del acuerdo impugnado en todas aquellas actividades de inspección, control y vigilancia que hayan de realizarse con sujeción al derecho administrativo, salvarguardando así el interés público y los posibles perjuicios de terceros». Es decir, los trabajadores de una agencia mercantil no pueden ejercer potestades públicas como ha quedado claro en la jurisprudencia tanto del propio TSJA como del Supremo, según recuerdan en el auto.
Esta cuestión late en otros procesos judiciales abiertos. De hecho, sólo en los iniciados por CSI-F en 2012 se incluyen 13 contra encomiendas de gestión del Gobierno andaluz. En concreto, y al margen del IAPH, afectan a la Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Sociedad de la Información (Sadesi), el Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera (Iafapa), la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera (Agapa), Iavante, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, la Agencia Andaluza del Agua, Inturjoven y la empresa pública Tragsatec.
Cabe recordar, asimismo, que recientemente la Sala Tercera del Tribunal Supremo desestimó un recurso de casación interpuesto por la Junta y la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe) y anuló una encomienda a dicha entidad pública para que gestionara el registro de empresas acreditadas como contratistas o subcontratistas del sector de la construcción de la comunidad, al considerar que dicha gestión «debe ser potestad de los funcionarios». Confirmó así otro fallo del TSJA en la misma línea, en un pleito abierto también a instancias de CSI-F.
El Ejecutivo autonómico fue condenado, una vez más, a pagar las costas, que se fijaron en un máximo de 3.000 euros.
La central sindical defiende que la vía judicial está desarmando «el engranaje» montado por la Junta en la reordenación del sector público en lo que respecta a «desapoderar a los funcionarios del ejercicio de sus funciones».
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