Sevilla
Hacienda peina otros 160.000 inmuebles de la provincia de Sevilla por el «catastrazo»
El Ministerio de Hacienda ha ampliado a 21 municipios de la provincia de Sevilla la revisión inmobiliaria que inició en 2013, el denominado «catastrazo».
El Ministerio de Hacienda ha ampliado a 21 municipios de la provincia de Sevilla la revisión inmobiliaria que inició en 2013, el denominado «catastrazo». El objetivo de este chequeo extraordinario es comprobar si se han producido cambios en el planeamiento –como la edificación de piscinas o buhardillas– de los que no tenga constancia la Dirección General del Catastro.
El Ministerio del ramo publicó el pasado lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la resolución por la que determina un conjunto de municipios y el periodo de aplicación del procedimiento de regularización catastral, que comprende desde el día siguiente de la publicación hasta el 30 de julio de 2017. Se amplía por tanto el plazo ya que la previsión del Gobierno era que la inspección se completara en toda España para finales de 2016.
Los 21 municipios de la provincia de Sevilla a los que alcanza ahora el «catastrazo» son Albaida del Aljarafe, La Algaba, La Campana, Cantillana, Castilleja del Campo, Coria del Río, Gines, Guillena, Lora de Estepa, Mairena del Alcor, Mairena del Aljarafe, Martín de la Jara, Paradas, Pedrera, La Rinconada, Santiponce, Umbrete, Valencina de la Concepción, Villanueva del Río y Minas, El Viso del Alcor y Cañada Rosal.
En total los municipios suman 160.947 inmuebles. Desde los 29.009 y 22.295 de Mairena del Aljarafe y La Rinconada –los más poblados que serán examinados en esta oleada– hasta otros más pequeños como Lora de Estepa (861) y Castilleja del Campo (428).
El escrutinio masivo que se está llevando en toda España –salvo el País Vasco y Navarra– comenzó para 176 municipios en 2013 y se extendió a otros 3.025 en 2014. Para mediados de 2016 se estima que se habrán revisado otros 1.412 municipios más. La regularización afectará a cerca del 10 por ciento de los más de 36 millones de recibos de IBI existentes.
No obstante, cabe la vía de la reclamación por disconformidad con el informe del catastro. Los nuevos valores estipulados por Hacienda no tienen carácter firme de manera inmediata. Los titulares afectados disponen de un plazo de 15 días hábiles para formular alegaciones con las pruebas que consideren oportunas. En este tiempo, el pago de las liquidaciones complementarias quedará aplazado en previsión de un dictamen definitivo, y si finalmente la resolución es favorable dicho cómputo complementario será derogado o reducido.
Hay de hecho margen de error en las regularizaciones. Impuestalia, una empresa dedicada a la optimización impositiva, tiene constado que existe un error de no menos del 7 por ciento en los procesos que emprende la Administración, y que se basan en un cotejo urbanístico con fotos aéreas.
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