Andalucía

Segundo varapalo judicial al dragado del Guadalquivir

La Junta apuesta ahora por captar cruceros más pequeños ante la imposibilidad de modificar el cauce hasta la capital hispalense

El puerto de Sevilla y diversos sectores apostaban por el dragado de profundización del Guadalquivir / Foto: Manuel Olmedo
El puerto de Sevilla y diversos sectores apostaban por el dragado de profundización del Guadalquivir / Foto: Manuel Olmedolarazon

La Junta apuesta ahora por captar cruceros más pequeños ante la imposibilidad de modificar el cauce hasta la capital hispalense

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado el Plan Hidrológico del Guadalquivir, en lo que se refiere al dragado del canal de navegación del río, al considerar que la medida requiere una mayor justificación que la realizada por la Administración, al afectar a un espacio especialmente protegido como es el Parque de Doñana. Se trata del segundo varapalo judicial que recibe este proyecto que impulsó, en un primer momento, el puerto de Sevilla, ya que en 2015 el Alto Tribunal falló en el mismo sentido. De esta manera, el tribunal estima parcialmente el recurso interpuesto por WWF-Adena y declara nulo parte del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos, en lo que atañe al Plan Hidrológico del Guadalquivir.

En su recurso alegaban, entre otros motivos, que la inclusión de la operación en el plan no cumplía con las condiciones exigidas en el artículo 39 del Reglamento del Plan Hidrológico (RPH) para realizar nuevas modificaciones físicas o alteraciones de masas de agua. Los recurrentes sostenían también que se anteponía el dragado a los objetivos medioambientales de un espacio protegido como Doñana.

La Sala concluye que no se reflejan con la necesaria precisión todas las condiciones que han de cumplirse para llevar a cabo la actuación del dragado. Los magistrados sostienen que no se especifican «los riesgos que la actuación supone para Doñana, que ya han sido valorados en informes previos y considerados por esta Sala en sentencia de 26 de febrero de 2015, acreditando en su caso que dicha situación del estuario ha mejorado y permite la actuación del dragado en las condiciones legalmente establecidas».

Ello exige, afirma el tribunal, que la Administración lleve a cabo «una valoración precisa y circunstanciada de las condiciones establecidas (medidas paliativas, motivos de las modificaciones, interés público superior y compensación de los beneficios medioambientales e imposibilidad de consecución por otros medios) en relación con los concretos efectos negativos y riesgos para el ecosistema afectado que goza de la mayor protección medioambiental, que no puede entenderse satisfecha en los términos que se reflejan en el planeamiento».

El fallo provocó una cascada de reacciones desde diversos ámbitos, dado que se trata de un proyecto largamente perseguido por las autoridades para permitir la llegada de buques de más envergadura al puerto de la capital hispalense. El presidente de la Junta, Juanma Moreno, apostó por potenciar el puerto «hasta el máximo que nos permita la ley», ya que «es un gran atractivo de la ciudad y de Andalucía, un puerto histórico al que queremos dar la máxima dimensión». No obstante, dijo que hay que ser conscientes de las limitaciones que tiene este espacio desde el punto medioambiental y normativo.

Para ello, se estudiarán las posibilidades, apostando por dinamizar la zona desde punto de vista de los inmuebles, dado que «algunos llevan muchos años bloqueados», así como potenciando los cruceros medios que pueda albergar el cauce fluvial, «a veces no de mucha cantidad pero sí de mucha calidad», esto es, cruceros más pequeños en número de pasajeros pero con un alto nivel adquisitivo, explicó.

Por su parte, WWF España celebró el fallo y aseguró que el dragado de profundización suponía una «grave afección ambiental» a Doñana. La organización ecologista recordó que lleva más de 15 años trabajando contra este proyecto y denunciando que el plan no especificaba las condiciones en las que se debería realizar el proyecto para evitar la afección al Parque Nacional y para cumplir la Directiva Marco de Agua. A juicio de la ONG, no es posible justificar su realización apoyándose en una evaluación ambiental realizada en 2003 y que ya «ha sido superada».

El secretario general de la organización, Juan Carlos del Olmo, subrayó que este fallo es «el golpe definitivo para uno de los proyectos más dañinos que amenazan Doñana».

«Tras más de 15 años luchando contra este proyecto injustificable, hoy –por ayer– es un gran día para Doñana, la naturaleza y para todas las personas que viven del rico estuario del Guadalquivir», concluyó Del Olmo.