Sevilla

Verano entre rejas en el «caso ERE»

La Razón
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Agosto resulta un mes inhábil judicialmente. Los cuatro encarcelados por los ERE fraudulentos pasarán, previsiblemente, el verano en la cárcel. Eduardo Leal del Real, presunto testaferro de Juan Lanzas, ha sido el último imputado en salir de prisión al considerar la magistrada que el riesgo de fuga ya no es relevante. Por su parte, la rebaja de la fianza al dueño de Uniter, José González Mata, a 450.000 euros, acordada recientemente, tampoco varía demasiado su situación procesal, al no poder hacer frente a la misma. Similares casos son el del citado Juan Lanzas y los ex directivos de Vitalia María Vaqué y Eduardo Pascual, todos en la cárcel desde marzo, tras el desarrollo de la «Operación Heracles». En cualquier caso, si cualquiera de ellos reunieran su fianza, la libertad se dictaría de inmediato.

El abogado de José González Mata, Juan Pedro Cosano, indicó a LA RAZÓN, que en estos momentos la salida de la cárcel de su defendido es «imposible» al tener las cuentas «embargadas» y sus bienes bloqueados. Asimismo, la juez de Instrucción número 6 nombró un administrador judicial. Juan Pedro Cosano se quejó del trato discriminatorio entre procesados. La defensa de González Mata consideró que «la comparación es sangrante», citando el caso de Francisco Javier Guerrero, uno de los principales ejes de la trama, actualmente en libertad sin fianza. Cosano recordó que González Mata tiene «una implicación menor». El letrado también indicó que al responsable del bufete Estudios Jurídicos Villasís, Carlos Leal Bonmati, se le impuso una fianza «que era una cuarta parte» en comparación con la del dueño de Uniter. El listado de «agravios comparativos» por parte del letrado continuó con la tardanza en resolver el recurso por parte de la Audiencia. «En el caso de Bárcenas, en un mes» estaba resuelto, indicó. González Mata lleva ya dos y no se espera «novedad en agosto».

El caso de Juan Lanzas es similar al de González Mata, una vez que la Audiencia de Sevilla rebajara a 450.000 euros su fianza. El presunto conseguidor de los ERE y ex sindicalista de UGT, en contra de lo que indican sus datos patrimoniales, tampoco dispone actualmente de la cantidad fijada por la Audiencia. Por su parte, la Sección Séptima revocó la decisión de la juez de enviar a prisión sin fianza al administrador de Vitalia Eduardo Pascual, quien puede abandonar la cárcel si abona una fianza de 600.000 euros, la misma que se fijó para el ex director general de esta mediadora Antonio Albarracín, que sí la abonó a finales de mayo. En cuanto a María Vaqué, la Audiencia estimó parcialmente su recurso y la dejó en libertad bajo fianza de 600.000 euros al entender que no existe riesgo de fuga ni de destrucción de pruebas. Vaqué sigue actualmente en la cárcel de Sevilla-I al no haber podido hacer frente al pago de dicha cantidad.

El año pasado, los encarcelados por el caso de los ERE fraudulentos, por entonces tres –Francisco Javier Guerrero, que tenía una fianza de 250.000 euros; su ex chófer Juan Francisco Trujillo, que no pudo abonar 75.000 euros; el ex consejero Antonio Fernández, con 450.000 euros como cantidad para obtener la libertad–, ya pasaron el verano en prisión. De los alrededor de 70 imputados en 2012 se ha pasado a 93.

Convertir agosto en un mes hábil judicialmente supone, entre otros muchos cambios estructurales, una importante inversión. Economía aparte, agosto resulta inhábil por mandato legal en el ámbito judicial, concretamente por la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de Julio del Poder Judicial. Se trata de un mandato con carácter general que conlleva especialidades. Para modificar un convenio de divorcio, el mes vacacional por excelencia cuenta como uno más del año. En el supuesto relacionado con los ERE, el de imputados en prisión, agosto tampoco es incompetente. No obstante, antes de poder notificar, el juez debe dictar una providencia por la que este mes vuelva a ser hábil. A la hora de computar plazos, no resulta extraño que previamente se tramiten resoluciones de importancia en una causa con preso, dando plazos incluso, y, posteriormente, se considerase hábil el mes de agosto tras darse curso a la providencia. El cómputo del plazo ante un recurso arranca en el momento en que el mes se vuelva a declarar hábil.