Castilla y León
El Gobierno Herrera evita la competencia desleal de las viviendas de uso turístico
Regula por primera vez su utilización en Castilla y León, con multas por incumplimiento de la normativa de hasta 90.000 euros.
Regula por primera vez su utilización en Castilla y León, con multas por incumplimiento de la normativa de hasta 90.000 euros.
El Gobierno Herrera regula por primera vez las viviendas de uso turístico, evitando el intrusismo en el sector y la competencia desleal. Así, se aprueba un decreto que contempla un régimen sancionador por incumplimiento de la norma que oscilará entre 9.000 y 90.000 euros.
El Consejo de Gobienro aprobó el decreto que recoge un equilibrio entre los intereses de los distintos sectores empresariales de alojamiento turístico, a la vez que garantiza unas condiciones de calidad para los turistas. No en vano, la consejera de Agricultura y Ganadería y portavoz de la Junta, Milagros Marcos, recordó que la estrategia de futuro del Ejecutivo regional es promover la calidad y la excelencia del turismo como creadora de riqueza.
Las nuevas demandas de los turistas de alojamientos alternativos a los tradicionalmente existentes es lo que ha llevado a la Comunidad a evitar la actividad clandestina y conseguir que la oferta de los servicios sea diversa. Por ello, en la elaboración del decreto han participado el Consejo Autonómico de Turismo de Castilla y León, todas las Consejerías como todas las personas interesadas mediante el Gobierno Abierto.
Marcos explicó que la nueva normativa entrará en vigor al día siguiente de la publicación del decreto en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), aunque los propietarios de los alojamientos turísticos dispondrán de un periodo de adaptación de seis meses para la inscripción de estos recursos en el Registro de Actividades Turísticas.
La portavoz de la Junta recordó que una de las notas definitorias de las viviendas turísticas es su comercialización por canales de oferta turística -fundamentalmente agencias de viajes y centrales de reserva-. Aquellas viviendas que no se poubliciten por estos medios quedarán fuera de la regulación turística y seguirán sometidas, como hasta ahora, a la normativa de arrendamientos urbanos.
Otro de los aspectos a destacar es la temporalidad de los establecimiento de alojamientos en la modalidad de vivienda turística, ya que se establece que la estancia de una misma personas durante más de dos meses no se considera para este uso.
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