Incendios
Decretado máximo riesgo de incendio para todos los fines de semana
Desde el 9 de abril al 16 de octubre, todos los fines de semana y festivos con nivel de riesgo dos se aumentará a alerta máxima
La Generalitat Valenciana , a través de la Dirección General de la Agencia de Seguridad y Respuesta a las Emergencias ha decretado que durante todos los fines de semana y festivos desde el 9 de abril al 16 de octubre, cuando haya nivel de riesgo de incendios 2, éste pasará automáticamente a ser riesgo máximo de incendios,. es decir, nivel 3.
Esta medida significa que prácticamente se activará el máximo riesgo en todos los festivos salvo cuando coincida que esté lloviendo, o se den circunstancia que reduzcan considerablemente el riesgo de fuego.
Durante 2015 se produjeron 311 incendios forestales que afectaron a una superficie de 2.371 hectáreas de terreno. La cifra está muy por debajo de la media del decenio que es de 440, y la cantidad de terreno quemado también los está, ya que la media se sitúa en 8.765 hectáreas.
Meteorológicamente, 2015 y 2014 fueron los años más cálidos desde 1940 lo que hace que el monte esté más seco.
Por ese motivo, la Generalitat pretende extremar las precauciones para minimizar aún más el riesgo de incendios, y en consecuencia, las hectáreas que finalmente resulten quemadas.
Cuando se decrete el nivel 3 de emergencia se pondrá inmediatamente en marcha el Plan de Vigilancia Aérea que controlará las zonas forestales más sensibles de la Comunitat Valenciana.
La vigilancia aérea la realizarán los aviones AT-802 de carga en tierra contratados por la Generalitat. Además, durante el verano podrán prestar su colaboración puntual los medios del Ministerio de Agricultura y del de Medio Ambiente.
Durante la preemergencia dos la vigilancia de los aviones consistirá en dos horas de vuelo por aeronave, mientras que en emergencia 2 los vuelos serán de una hora, siempre que los estime oportuno el jefe de la guardia del centro de emergencias.
No se realizará vigilancia aérea cuando se produzcan lluvias u otras circunstancias meteorológicas que reduzcan el riesgo de incendios, o en episodios de fuertes vientos que dificulten el vuelo. También, cuando haya incendios para no interferir el vuelo de los equipos antiincendios.
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