Ministerio de Justicia

El Juzgado anula los intereses abusivos de un descubierto

El interés era del 29 por ciento más una comisión del 2,4

La cuenta fue suscrita en una sucursal del Banco de Santander, en Catarroja
La cuenta fue suscrita en una sucursal del Banco de Santander, en Catarrojalarazon

Un Juzgado de Picassent ha anulado la comisión por descubierto cobrada sobre una cuenta con saldo negativo al entender que es injustificable y «totalmente abusiva», ya que no responde a ningún servicio real prestado por la entidad.

Así lo indica una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1, que invalida la comisión y condena al Banco de Santander a devolver los 28.758 euros que cobró a una empresa por este concepto entre marzo de 2003 y septiembre de 2008.

La cuenta, suscrita en una sucursal de localidad de Catarroja, pactaba un interés nominal anual por descubierto del 29 por ciento, y además una comisión de descubierto del 2,4 por ciento sobre la mayor cantidad en negativo registrada durante el periodo de liquidación, interés que además se incrementó hasta el 4,5 por ciento en 2004.

Según argumentó la entidad, el Banco de España admite el cobro de ambos conceptos (interés y comisión) en su Memoria del Servicio de Reclamaciones de 2007. No obstante, este documento, que «no tiene en absoluto carácter vinculante» -remarca la sentencia-, impone dos requisitos para la procedencia de estos cobros: que se recojan clara y formalmente en un contrato y que respondan a servicios efectivamente prestados.

Según el banco, este servicio se prestó haciendo un estudio económico de la situación de descubierto, «actuación sistemática» que realizan los directivos de la entidad.

El Juzgado rechaza este argumento, porque la entidad no ha presentado prueba alguna sobre este servicio que dice haber prestado, y no puede considerarse como tal «las simples gestiones» que se realizan en el ámbito bancario cada vez que se produce una situación de descubierto.