Patrimonio
Hacienda diseña un modelo de valoración de inmuebles
El nuevo procedimiento ajustará las cuantías a la realidad del mercado inmobiliario para evitar pleitos contra la Administración
El nuevo procedimiento ajustará las cuantías a la realidad del mercado inmobiliario para evitar pleitos contra la Administración
La Conselleria de Hacienda ha diseñado un nuevo método de valoración de los inmuebles a efectos de los impuestos a abonar en casos como compraventas, herencias y donaciones, ajustado al mercado actual, con el objetivo de otorgar «seguridad jurídica» a los ciudadanos.
Se pretende así acabar con la judicialización de esta cuestión ante las miles de demandas de los afectados.
El conseller de Hacienda, Vicent Soler, explicó que el sistema del anterior Consell abocó a miles de ciudadanos a entablar pleitos contra la Administración.
El modelo, que se traducirá próximamente en una orden de la conselleria, es consecuencia de una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que considera inadecuado el método de valoración de bienes como viviendas, garajes o trasteros aprobado por la Generalitat en 2013.
La resolución judicial se refiere a un caso concreto pero comportará la previsible estimación en cascada de las miles de liquidaciones recurridas por los ciudadanos y pendientes.
Sin embargo, hay sentencias adoptadas por otros tribunales en sentido contrario en otras comunidades, por lo que la Conselleria, tras la consulta a la Abogacía de la Generalitat, elevará el caso al Tribunal Supremo para que unifique el criterio en todo el territorio.
En cualquier caso, la Generalitat está decidida a poner en marcha un nuevo modelo, que espera que sea el definitivo al margen de lo que dictamine el Supremo, para conciliar las exigencias del TSJ y la capacidad de la Generalitat a la hora de verificar el valor de los inmuebles.
Hasta ahora la Conselleria revisaba lo declarado por cada contribuyente y, si el importe era inferior al calculado por Hacienda, le tramitaba una liquidación para que abonara la diferencia.
Para fijar ese valor, se utilizaba uno de los dos métodos establecidos en el artículo 57 de la Ley General Tributaria.
En octubre de 2013, el TSJCV tumbó el sistema aplicado hasta entonces al anular las liquidaciones realizadas mediante el llamado «dictamen de perito», consistente en que estos especialistas efectuaban la valoración en función de diferentes criterios, pero sin comprobar «in situ» el inmueble.
El procedimiento que se seguirá ajustará las cuantías a la situación actual del mercado inmobiliario, lo que comporta una reducción del valor. Además, se ha realizado un ajuste por zonas y distritos que, de momento, alcanza a Valencia y Alicante.
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