Caso Malaya

La Fiscalía pedirá hoy la excarcelación de Miguel Ricart

La Fiscalía pedirá hoy la excarcelación de Miguel Ricart
La Fiscalía pedirá hoy la excarcelación de Miguel Ricartlarazon

La Fiscalía pedirá hoy la excarcelación del asesino de las niñas de Alcàsser, Miguel Ricart, en virtud de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que dice que es contraria a derecho la aplicación retroactiva de la conocida como «doctrina Parot».

El Ministerio Público trasladará su informe en el último día que la Sección Segunda de la Audiencia de Valencia ha dispuesto para que las partes concernientes en la sentencia de Miguel Ricart expresen su parecer sobre si le es de aplicación o no la sentencia europea dictada a colación del recurso planteado por la etarra Inés del Río.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos con sede en Estrasburgo dictó que la Doctrina Parot, como cualquier otro precepto legal que endurezca una ley, no puede tener una aplicación retroactiva, por lo tanto, deja en suspenso la aplicación de la misma a todos los terroristas, asesinos o demás delincuentes que hayan visto sus penas alargadas en virtud de dicho concepto, y que fueran juzgados y condenados antes de 2006, momento en que el Tribunal Supremo crea jurisprudencia aplicando los beneficios penitenciarios individualizados a cada una de las penas, en el caso del etarra Henri Parot.

En roman paladino, la doctrina Parot consiste en lo siguiente: un asesino peligroso, reincidente o múltiple, o en su caso, un etarra, es condenado por una serie de asesinatos a una serie de años, cuyo sumatorio puede suponer una condena de más de mil años. Estas condenas «formales» nunca rebasan los treinta años, que es el máximo que un reo puede penar en una cárcel española.

Hasta la llegada de la doctrina Parot (año 2006) las redenciones de condena se aplicaban sobre la cifra global de los treinta años, por lo que un terrorista con varios asesinatos a sus espaldas podía salir de prisión en quince o veinte años. Este es el caso de Miguel Ricart o de Inés del Río.

Para evitar la alarma social que ello produce, el Supremo dictaminó que las redenciones de la pena se resten del cómputo total de las mismas, de los mil y muchos años a los que han sido condenados, por lo que nunca salgan de prisión antes de los treinta años efectivos. Esta doctrina no ha sido puesta en duda por nadie, pero sí su aplicación retroactiva, es decir, a aquellos reos condenados antes de 2006. Como es el caso de Ricart.

A raíz de la sentencia del Tribunal de Estrasburgo, todas las aplicaciones de la doctrina Parot han de ser revisadas, y las que sean anteriores a 2006, anuladas.

Por ello, la Fiscalía, que aún no ha hecho oficial su informe, no tiene mucho margen de maniobra. «Es blanco y en botella», señalaron fuentes de la misma.

Las acusaciones que todavía quedan de aquel luctuoso suceso han pedido una entrevista con la fiscal jefe provincial, Teresa Gisbert, que se producirá en breve, pero que en nada cambiará el sentido del informe del Ministerio Público, al que está muy atento la Fiscalía General del Estado.

Así las cosas, el único condenado por el asesinato de la niñas de Alcàsser puede salir a la calle en los próximos días.