Política

Ayuntamiento de Madrid

Frenazo en el 85% de las calles de Madrid: Prohibido ir a más de 30 km/h

La Ordenanza de Movilidad Sostenible permite a los peatones cruzar sin paso de cebra en «zonas 30». Los patinetes eléctricos, fuera de las aceras

El pleno ha aprobado la norma con los votos de PSOE y Ahora Madrid
El pleno ha aprobado la norma con los votos de PSOE y Ahora Madridlarazon

La Ordenanza de Movilidad Sostenible permite a los peatones cruzar sin paso de cebra en «zonas 30». Los patinetes eléctricos, fuera de las aceras.

«Hoy estoy muy feliz como madrileña por la aprobación de la nueva ordenanza de movilidad. Feliz por una apuesta valiente, conscientes de que teníamos que elegir y lo hemos hecho bien». Con este tuit, la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, ha puesto fin a una de las ordenanzas que más polémica genera en la ciudadanía: la que regula la movilidad en la capital. Tras posponer su aprobación en diferentes ocasiones para poder negociar, hasta el último momento, las enmiendas propuestas por los grupos, finalmente sólo se han recogido las que planteó el grupo socialista, su socio de Gobierno. La ordenanza sustituye a la de 2005 y entrará en vigor en el momento en que se publique en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). Desglosamos las principales novedades.

10.000 VÍAS AFECTADAS

La nueva ordenanza establece el límite de velocidad en 30 km/h en las calles de un solo carril por sentido o de carril único, que representan un 85% del total de la ciudad. No obstante, si tienen varios carriles por sentido, –como ocurre en grandes avenidas– o múltiples carriles aunque sean en una sola dirección, sí podrán ir a 50 km/h.

Eso sí, incorpora una excepción en las calles por donde pasa la red de transportes, que podrán mantener su velocidad en 50 km/h. A su vez, en las vías de más de un carril por sentido podrá rebajarse el límite a 30 km/h siempre que la seguridad vial así lo aconseje. Una medida que molesta especialmente a los conductores. «Se prioriza, desde la improvisación, la libre movilidad de los ciudadanos, contraviniendo los principales criterios de seguridad vial y sin tener en cuenta el modelo de movilidad que requiere una ciudad como Madrid, culpando a los conductores, sin ofrecer alternativas claras para sus desplazamientos, mayores gastos y una clara falta de información ante los nuevos escenarios de contaminación», afirman desde el Real Automóvil Club de España (RACE). Y es que la protección de la salud y la búsqueda de la mejora en la calidad del aire son dos de los principales criterios que ha seguido el Consistorio.

CRUZAR SIN PASO DE CEBRA

La nueva ordenanza otorga a los peatones un papel principal. Busca acabar con los problemas de convivencia en las aceras e impide que ningún modo de movilidad –ni patines, ni monopatines, ni sillas de ruedas con motor. Las únicas tres que pueden ir por la acera– supere la velocidad de los viandantes, fijada en 5 km/h. Obliga a motos y bicis a aparcar dejando siempre tres metros de ancho para que ningún vehículo aparcado impida el paso. Asimismo, los viandantes podrán cruzar sin paso de cebra en las calles limitadas a 20 y 30 km/h. Es decir en las «zonas 30», que no quiere decir que se pueda cruzar sin mirar en las calles con velocidad limitada a 30 km/h, que son muchas más.

LAS BICIS PODRÁN SALTARSE SEMÁFOROS PARA GIRAR

Además del peatón, la otra pata principal de la nueva norma son los ciclistas, a los que se da especial prioriodad. Así, las bicicletas podrán circular en dirección contraria en «calles 20» y en otras vías que lo señalicen y podrán girar a la derecha con semáforo en rojo. Se prohibirá expresamente su circulación por las aceras y zonas peatonales, a excepción de los menores de 12 años, que sí podrán pedalear por las zonas reservadas al peatón siempre que lo hagan acompañados de un adulto a pie.

Por la calzada deberán circular en la parte central del carril y, «cuando no suponga riesgo», se permitirá la circulación de dos ciclistas en paralelo. Bicicletas, patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad urbana se podrán anclar a vallas u otros elementos de mobiliario urbano como farolas, excepto a bancos, marquesinas o arbolado, y deberán dejar tres metros libres de acera al estacionar.

PATINES ELÉCTRICOS FUERA DEL CICLOCARRIL (POR AHORA)

Los patinetes eléctricos –incluidos los «segway»– circularán prácticamente por todas las calles de Madrid, las que sean a 30 y a 20 y también por los carriles bici restringidos, pero a las aceras solo podrán subir los que no tengan motor. La edad mínima para ir en patinete eléctrico por las calles de Madrid será de 15 años. El Consistorio recomienda, pero no establece como obligatorio, el uso del casco, excepto para los menores de 16 años.

Se prohíbe expresamente la circulación de los patinetes por los carriles bus, así como por los tramos de la M-30 sin semáforos, mientras que dentro de un año se analizará si se permite su circulación también por los ciclocarriles que comparten vehículos y bicicletas. En los parques, podrán transitar por las zonas autorizadas para los ciclistas y si comparten sendas con peatones, no podrán superar los 5 km/h.

Entre otras regulaciones, el Ayuntamiento no permite que las personas que circulen en patinete eléctrico o similar lleven auriculares, salvo los homologados y también deberán incorporar timbre, luces y elementos reflectantes.

PARQUÍMETROS FUERA DE M-30

Quedan definidas, pero no desarrolladas en la ordenanza, las Zonas de Aparcamiento Vecinal (ZAV), espacios donde se podrá poner aparcamiento de pago fuera de la M-30 para los no residentes, ya que los vecinos quedarían exentos de pagar.