Tribunales
El fiscal pide al TS que confirme la condena a Flores por el Madrid Arena
Insta a la Sala Penal a que confirme todas las penas impuestas en 2016 y también las absoluciones de los doctores Simón y Carlos Viñals, como acordó la Audiencia
Insta a la Sala Penal a que confirme todas las penas impuestas en 2016 y también las absoluciones de los doctores Simón y Carlos Viñals, como acordó la Audiencia.
En septiembre del pasado año la Audiencia Provincial de Madrid condenaba a Miguel Ángel Flores a cuatro años de cárcel por la tragedia del Madrid Arena, al considerarle principal responsable de la fiesta fatídica del 1 de noviembre de 2012, en la que fallecieron cinco jóvenes por aplastamiento. De los quince acusados que fueron juzgados por esos hechos, siete fueron condenados y ocho absueltos. También fueron condenados por cinco delitos de homicidio por imprudencia grave Francisco del Amo, de la empresa municipal Madridec; y el director general de Diviertt, Santiago Rojo, a los que condena a tres años de prisión, y a Miguel Ángel Morcillo, de Diviertt, y a Carlos Manzanares, de Kontrol 34, a los que se les impuso una pena de dos años, seis meses y un día de prisión.
En libertad provisional
Todos ellos permanecen en libertad provisional a la espera de que el Supremo resuelva los recursos. La sentencia tampoco dejó satisfecha a algunas de las familias de las víctimas, dos de las cuales también recurrieron con el objetivo de que se condene igualmente a los doctores Simón y Carlos Viñals, los responsables de la enfermería, que quedaron absueltos.
La Sala Penal del Supremo todavía no ha fijado fecha para la vista de esos recursos. Sin embargo, quien sí ha presentado ya su informe a los mismos es la Fiscalía, y la conclusión es clara y rotunda: solicita que se rechacen todos y cada uno de los motivos esgrimidos en los distintos recursos, según confirmaron a LA RAZÓN fuentes jurídicas.
De esta forma, el Ministerio Público insta a que el Supremo confirme en su integridad la sentencia de la Audiencia de Madrid, al considerar que no hay razones jurídicas para modificarla en ningún sentido, ni en el de rebajar las condenas ni en el de condenar a los dos facultativos que fueron absueltos.
En recurso ante el Tribunal Supremo, la defensa de Miguel Ángel Flores esgrime, entre otros motivos, que la Audiencia de Madrid «se inventa» en su sentencia todo lo relacionado con la sobreventa de entradas al recinto. En este sentido, sostiene que «no existe una sola prueba de cargo» que demuestre que el empresario y promotor del evento vendiera 16.492 entradas, una cifra que, en opinión de la defensa del considerado principal responsable de la tragedia, se basa en un «error» del informe de la Policía Científica, «un error reconocido luego por los peritos en el juicio, verbalmente y por escrito».
Junto a ello, Flores rechaza la afirmación de la sentencia de que el control de la seguridad y los flujos del recinto durante el evento correspondía al empresario. En cambio, sostiene que en el contrato suscrito con el titular del recinto, Madridec, se le «impuso» como única empresa de seguridad a Seguriber, entre otras cosas porque era «la única homologada» por la entidad municipal. Junto a todo ello, sostiene en su recurso que no existió el «menor vestigio del presunto ánimo de lucro» por parte del promotor, como, sin embargo, sostiene la Audiencia de Madrid.
Además, no duda en apuntar a los que considerar verdaderos responsables de la tragedia. «Fuero aquellos que por su capacidad de decisión y conocimiento del recinto, sabiendo o debiendo saber la gravísima y total ilegalidad y gravísimas deficiencias de seguridad del edificio en eventos con las gradas replegadas, permitieron y favorecieron la celebración de este tipo de eventos, que se siguen haciendo a día de hoy».
Sin embargo, la Fiscalía rechaza todas esas argumentaciones e insiste en que los hechos que se han acreditados vienen a avalar la tesis sostenida por la Audiencia de Madrid, en el sentido de que Flores es autor de cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y 29 delitos de lesiones, también por imprudencia grave. Una vez que la Sala cuenta ya con el informe del fiscal, donde impugna todos los recursos presentados, sólo queda fijar la vista para la exposición de los mismos.
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