Violencia de género

Los hijos: el acceso directo a la víctima

La Razón
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¿Nos encontramos ante un caso aislado o tiene características que encuentra recurrentes?

En los juzgados nos encontramos habitualmente con situaciones en las que el agresor, una vez terminada la relación de afectividad con su pareja, no asimila la situación y coacciona a la víctima para que la retome. Los hijos e hijas suelen ser instrumentalizados para presionar y tener acceso directo a la víctima, como ha ocurrido aquí.

Según las últimas informaciones del Observatorio, el número de denuncias de mujeres maltratadas ha aumentado; ¿cómo lee usted este dato?

Durante años estos hechos se habían silenciado, e incluso, tolerado en la privacidad de la pareja. El hecho de que una mujer tome la valiente decisión de denunciar implica una mayor confianza en las instituciones, una mayor información sobre sus derechos y el reconocimiento de la situación de riesgo que entraña. Hay que seguir trabajando en esa dirección de tolerancia cero hacia

cualquier manifestación de violencia sobre una mujer.

Una vez decidida a denunciar, ¿cuál es el proceso por el que pasará esta mujer?

La víctima desde el momento en que pone el pie en una dependencia policial o judicial para interponer una denuncia tiene a su disposisión muchos recursos para salir del círculo de la violencia, desde medidas de protección policiales o judiciales, hasta recursos habitacionales, socioeconómicos o sanitarios. El procedimiento es a veces duro y arduo para la víctima, ya que en muchas ocasiones su declaración es la única prueba de cargo existente para poder romper el principio de presunción de inocencia.

¿Cuál es el papel que ocupan los hijos de la pareja en un caso como el que nos ocupa?

Los hijos son víctimas directas de la violencia de género. Sólo siendo testigos de esta clase de

delitos en su domicilio ya se derivan consecuencias en su salud psíquica. Con las últimas modificaciones legislativas, se ha puesto la lupa sobre los menores, de forma que el órgano judicial tiene que pronunciarse siempre y en todo caso,

incluso de oficio, sobre las medidas de carácter civil o penal que deben imponerse para su protección. Medidas que pueden ir desde una prohibición de aproximación o de comunicación del agresor respecto a ellos, hasta una privación de la patriapotestad o suspensión del régimen de visitas.

¿Cuántas posibilidades hay de que sea detenido este hombre y a qué condena se enfrenta?

Depende de las Fuerzas o Cuerpos de Seguridad, que tienen el trabajo más directo en lo que se refiere a la protección de las víctimas. Si los presuntos hechos se acreditan, las penas que contempla el Código Penal

son sin duda las más graves.